El derecho al trabajo y la propuesta del ingreso básicoperspectivas desde la crisis del Estado de bienestar

  1. Rey Pérez, José Luis
Dirixida por:
  1. Francisco Javier Ansuátegui Roig Director

Universidade de defensa: Universidad Carlos III de Madrid

Fecha de defensa: 15 de xuño de 2005

Tribunal:
  1. Gregorio Peces-Barba Martínez Presidente
  2. Rafael F. de Asís Roig Secretario
  3. Daniel Raventós Pañella Vogal
  4. Yannick Vanderborght Vogal
  5. María José Añón Roig Vogal

Tipo: Tese

Resumo

En este trabajo se analiza la crisis del Estado de bienestar no como una crisis financiera, sino como la fractura de un modelo de garantías destinado a dar satisfacción a los derechos sociales cuyo reconocimiento caracteriza al Estado social. En este sentido el Estado de bienestar vendría a ser una concreción histórica del Estado social. Durante los años de desarrollo de los sistemas de bienestar, la institución central era el derecho al trabajo. Un derecho que se interpretaba como el derecho a un empleo, porque en aquellos años la ocupación laboral servía como garantía de reconocimiento e inserción social. En este trabajo se reinterpreta el derecho al trabajo como derecho a la inserción social, partiendo de un concepto de trabajo más amplio que lo que determina el mercado. Así entendido, el pleno empleo era la garantía central de los Estados de bienestar al derecho a la inserción social, una garantía que dada la quiebra del mundo laboral que vivimos ya no puede funcionar. Se defiende que es necesario distinguir entre los derechos y deberes, por un lado, y sus garantías, por otro. Entendiendo por garantías las instituciones que tratan de hacer efectivo y real el contenido de los derechos. Las garantías entonces estarían presididas por la idea de eficacia, que se extrae del contenido de los derechos. Como el mercado laboral ya no sirve como garantía al derecho a la inserción social, en este trabajo se analiza el ingreso básico (un ingreso universal e incondicionado propuesto desde distintas teorías y visiones de la justicia social) como una posible nueva garantía a este derecho.