Inactividad del jurado de expropiación autonómico y silencio administrativoa propósito de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 31 de junio de 2016

  1. FERNANDO GONZÁLEZ BOTIJA 1
  1. 1 Universidad Complutense de Madrid
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    Universidad Complutense de Madrid

    Madrid, España

    ROR 02p0gd045

Revista:
Revista de urbanismo y edificación

ISSN: 1576-9380

Año de publicación: 2016

Número: 38

Páginas: 95-110

Tipo: Artículo

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Resumen

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias declara nulo el artículo 13.3 del Decreto 22/2004 por violación del artículo 149.1.18 CE. El citado artículo 13.3 establecía que cuando pasen tres meses sin que el Jurado de Expropiación autonómico resuelva sobre el justiprecio, se produciría el silencio administrativo negativo. El Tribunal asturiano dispone que la citada norma autonómica afecta a garantías esenciales del procedimiento de expropiación forzosa tal y como está fijado en la Ley de Expropiación Forzosa de 1954.