La Corte Penal Internacionaluna experiencia de justicia universal

  1. Trujillo Sánchez, Aníbal
Dirigida por:
  1. Ana Rosa Martín Minguijón Director/a

Universidad de defensa: UNED. Universidad Nacional de Educación a Distancia

Año de defensa: 2010

Tribunal:
  1. Fernando Reinoso Barbero Presidente
  2. Alicia Gil Gil Secretario/a
  3. Patricia Laurenzo Copello Vocal
  4. Yolanda Gómez Sánchez Vocal
  5. Iñigo de Miguel Beriain Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 306538 DIALNET

Resumen

El tema de la Corte Penal Internacional, representa un cambio de paradigma en el sistema de justicia penal en el mundo. Es un tema que se estudia por separado, pero no aislado del sistema jurídico internacional, menos aun, del sistema jurídico de cada Estado. La Corte Penal Internacional, tiene su origen en la sociedad internacional, se desarrolla en ella y su función es para ella. La Corte Penal Internacional como tema, se debe tratar con decisión, su origen, naturaleza y fin último, así lo exigen. Su objetivo es claro y su contenido basto. Su estudio impone perseverancia porque no es tema complementario. Su estructura es integral, su marco jurídico incluyente y su alcance planetario. En materia de derechos humanos, el tema de la Corte Penal Internacional es el de mayor importancia en la actualidad. La trascendencia de su establecimiento es incuestionable. El factor determinante para la selección, es la evolución que se constata en los últimos años en el campo del derecho penal internacional, en el que aun sin asimilar plenamente de una jurisdicción penal internacional, a través de los tribunales ad hoc y mediante el principio de la jurisdicción universal; ahora se dispone de este tribunal, que no tiene precedente en la historia del ser humano. De las hipótesis que proyectaron la Tesis, destacan las siguientes: ¿Se ajusta la Corte Penal Internacional a los principios que rigen el debido proceso, con especial referencia al de la autonomía jurisdiccional? ¿Existe interés del Consejo de Seguridad para influir en la administración de la justicia penal internacional? ¿La aceptación de la competencia de la Corte Penal Internacional, puede constituir el factor que permita el fortalecimiento de la soberanía nacional? La supeditación de la Corte Penal Internacional al Consejo Seguridad de las Naciones Unidas, anula dos principios que rigen el debido proceso: El del juez natural y el de la autonomía jurisdiccional: El primero por instituir a la Corte como un tribunal ad hoc; y el segundo, por colocar al Consejo de Seguridad en una relación de supraordenación respecto de ella. Se propone modificar el artículo 13 del Estatuto de Roma, para evitar que el Consejo de Seguridad tenga injerencia en la función jurisdiccional de la Corte; se derogue el artículo 16 del Estatuto, para evitar el sometimiento de la Corte a las decisiones del Consejo de Seguridad; y se modifique el artículo 4.2 del propio Estatuto, para evitar que por un "acuerdo especial", se instituya a la Corte como tribunal ad hoc en aquellos Estados que no han aceptado su competencia; aunado de que con esta alternativa para aceptar su competencia, se privilegia a la improvisación, se inhibe la incorporación de otros estados al Estatuto y podría obstruir el desarrollo del derecho penal internacional.