Utilitarismo y derechos humanosla propuesta de John Stuart Mill

  1. Álvarez Gálvez, Íñigo
Dirigida por:
  1. Gaspar Escalona Martínez Director/a

Universidad de defensa: UNED. Universidad Nacional de Educación a Distancia

Año de defensa: 2008

Tribunal:
  1. Antonio González Hernández Presidente/a
  2. Raúl Sanz Burgos Secretario/a
  3. Enrique Olivas Cabanillas Vocal
  4. Miguel Ángel Ruiz de Azúa Antón Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 283509 DIALNET

Resumen

Es un lugar común afirmar que las tesis utilitaristas son incompatibles con las teorías defensoras de los derechos humanos. Y no faltan razones para ello. En efecto, parece poco menos obvio que el criterio utilitarista de procurar el mayor bien para el mayor número es un escollo insalvable para los derechos humanos. Cualquiera puede imaginar una situación en la que la consecución del mayor bien para el mayor número precise de la violación de un derecho humano. La conclusión viene a ser la de que si uno es utilitarista no puede defender los derechos humanos y se ve abocado a aceptar matanzas en masa, torturas o abusos de los más variados tipos. Puestas así las cosas, no parece haber salida al problema: o uno se decanta a favor de la defensa de los derechos humanos desdeñando el utilitarismo o uno se adscribe al utilitarismo a despecho de los derechos humanos. Con todo, la conclusión es precipitada. Aunque sólo sea por el hecho de que varios autores hayan defendido un utilitarismo con derechos. Para poder seguir defendiendo la tesis de la incompatibilidad, bien se puede decir que ninguno de ellos era realmente utilitarista, aduciendo como prueba el hecho de que defendieron los derechos humanos; pero esto, aparte de caer en una clara petición de principio, desconoce igualmente algunas ideas que es necesario hacer notar. En primer lugar, desconoce el hecho de que la doctrina utilitarista es de difícil caracterización. Esta circunstancia hace difícil encontrar elementos comunes que nos permitan hablar de la doctrina utilitarista. Entre la doctrina única y la multiplicidad infinita de doctrinas se sitúa la postura que mantenemos: existen varios tipos de utilitarismo, entre los cuales se encuentra el defendido por algunos autores, que incluyen en él una doctrina de los derechos humanos. Que Mill es un autor utilitarista no es difícil de entender. Se le considera como uno de los padres del utilitarismo junto con J. Bentham, y escribió una de las obras más claras en defensa de esta doctrina. Por otro lado, se le reconoce como uno de los adalides de la tolerancia y, por extensión podríamos decir, de los derechos humanos. La doctrina de John S. Mill, por tanto, puede ser presentada como un buen ejemplo de un utilitarismo que puede dar cabida a los derechos humanos. Al análisis de la doctrina de Mill, plasmada en particular en sus obras Utilitarismo, Sobre la libertad, Consideraciones sobre el gobierno representativo y El Sometimiento de la mujer, se dedica la tercera parte de la tesis doctoral. Pero para llegar a ello debemos despejar previamente algunas cuestiones conceptuales. Para afirmar que Mill es un buen utilitarista y que es capaz de defender los derechos humanos, debemos ser capaces de presentar su postura como ejemplo de utilitarismo y de doctrina defensora de los derechos; debemos ser capaces de encuadrar su utilitarismo en el conjunto de los utilitarismos y su defensa de los derechos humanos en el conjunto de las teorías merecedoras de ese nombre. Y para ello necesitamos delimitar bien tales conjuntos. Debemos, por un lado, estudiar las doctrinas utilitaristas para delimitar el concepto de utilitarismo y concluir que la doctrina de Mill puede ser calificada de tal. Y debemos, por otro, analizar los conceptos de derecho y de derecho humano, para precisar el contenido y el alcance e las teorías defensoras de tales derechos. Si lo que sostiene Mill puede ser concebido como una defensa, ortodoxa diríamos, de los derechos humanos, podremos concluir afirmando que su utilitarismo permite dar cabida a éstos. Al estudio del utilitarismo y de los derechos humanos, y a los problemas que plantea el acoplamiento de los dos puntos de vista, se dedican las dos primeras partes de la tesis doctoral.