El blanqueo de capitales y el delito de fraude fiscal

  1. Mosteyrín Sampalo, Ricardo de
Dirigida por:
  1. Alicia Rodríguez Núñez Director/a
  2. María del Carmen Bolaños Mejías Director/a

Universidad de defensa: UNED. Universidad Nacional de Educación a Distancia

Fecha de defensa: 30 de noviembre de 2016

Tribunal:
  1. Esteban Mestre Delgado Presidente/a
  2. José Núñez Fernández Secretario/a
  3. Pilar Peiteado Mariscal Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

Se trata la relación entre los delitos de blanqueo de capitales y de fraude fiscal, tanto en el sentido de si por las ganancias que aporte el primero se debe tributar, y si de no hacerlo podrá incurrirse en delito de fraude fiscal cuando se supere la cuota delictiva, extendiéndose la cuestión a la tributación de ganancias ilícitas; y también en el sentido de si la cuota defraudada en un delito fiscal puede considerarse objeto de un posterior delito de blanqueo de capitales. Sobre la primera cuestión se concluye que la ganancia obtenida mediante blanqueo, al igual que la obtenida mediante la comisión de cualquier otro delito, se debe entender sujeta a tributación y por tanto se incurriría en delito de fraude fiscal si se incumpliera este deber superándose la cuantía delictiva. En este sentido se critica la STS 20/2001, de 28 de marzo, que puso fin al conocido como caso “Urralburu”. Sobre la segunda cuestión la conclusión es también afirmativa pues no existe ninguna razón por la que el delito de fraude fiscal deba entenderse excluido de la expresión “actividad delictiva” que emplea el art. 301 CP, y en este sentido se muestra conformidad con el voto mayoritario de la STS 974/2012, de 5 de diciembre. Hasta ahora la doctrina definía el delito de blanqueo de capitales haciendo referencia a la alteración de los activos de origen delictivo para poder reintroducirlos en el tráfico jurídico lícito con apariencia de licitud. Basándose en los tratados internacionales sobre la materia ratificados por España se demuestra que esta definición es errónea pues el blanqueo se ha configurado en tales tratados como un delito que consiste en llevar a cabo cualquier operación con capitales de origen delictivo.