El principio de precaución y otras reglas asociadas en el Derecho Público españolencaje constitucional, formulación y aplicación

  1. Sánchez Barroso, Borja
Zuzendaria:
  1. María Burzaco Samper Zuzendaria
  2. Federico de Montalvo Jääskeläinen Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad Pontificia Comillas

Fecha de defensa: 2020(e)ko uztaila-(a)k 08

Epaimahaia:
  1. Juan Ramón Fernández Torres Presidentea
  2. Antonio Jesús Alonso Timón Idazkaria
  3. Fernando Rey Martínez Kidea
  4. María Isabel Álvarez Vélez Kidea
  5. Laura Palazzani Kidea

Mota: Tesia

Teseo: 630647 DIALNET

Laburpena

La presente tesis doctoral constituye un análisis jurídico del llamado “principio de precaución” dentro del ordenamiento jurídico interno español, en el ámbito del Derecho Público. En concreto, se ha analizado específicamente el dudoso encaje constitucional de este principio, a la luz de algunos principios básicos del Estado de Derecho, como los principios de seguridad jurídica o legalidad. Para ello, se ha investigado con la mayor precisión posible la actual concepción del principio de precaución y su aplicación efectiva en España, una tarea especialmente compleja a la vista de las numerosas definiciones que han dado a este principio la jurisprudencia, la legislación o la doctrina. Este trabajo se ha llevado a cabo gracias a un amplísimo análisis jurisprudencial, en el que se han examinado todas las resoluciones judiciales que citaban dicho principio en el orden contencioso-administrativo español hasta marzo de 2020. A partir de dicho análisis, se han abordado posibles objeciones a la actual concepción del principio de precaución, basadas en la naturaleza jurídica del principio y otras normas asociadas a él, que suelen confundirse con este último, a su fundamento jurídico (más allá del fundamento ético o sociológico que a veces se le ha otorgado) y a su difícil compatibilidad con los citados principios de seguridad jurídica y legalidad. Una segunda parte de la tesis doctoral aborda el contenido de las distintas normas englobadas bajo la expresión “principio de precaución”, y trata de reformularlas a fin de que puedan seguir garantizando la seguridad individual y colectiva frente a riesgos inciertos, sin menoscabar las anteriores garantías constitucionales. Se trata de un enfoque más prescriptivo, no obstante apoyado en numerosos ejemplos jurisprudenciales y doctrinales que justifican su pertinencia. Esta propuesta trata de profundizar en el contenido axiológico y normativo del principio de precaución, como auténtico principio general del Derecho. Persigue reformular o precisar la interpretación de alguno de los elementos centrales que componen dicho principio o, más bien, las reglas de precaución que en él se inspiran. Finalmente, trata de precisar también la forma de aplicación y el grado de control posterior de estas normas, incluida la posible responsabilidad patrimonial de la Administración derivada de su incorrecta o inexistente aplicación.