Los créditos documentarios electrónicos

  1. LEACH ROS, MARIA BLANCA
Dirigida por:
  1. Reyes Palá Laguna Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Zaragoza

Fecha de defensa: 20 de mayo de 2015

Tribunal:
  1. Carmen Alonso Ledesma Presidenta
  2. Pedro José Bueso Guillén Secretario/a
  3. María Angeles Alcalá Díaz Vocal
  4. Arístides Jorge Viera González Vocal
  5. Alberto Javier Tapia Hermida Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 385858 DIALNET

Resumen

LOS CRÉDITOS DOCUMENTARIOS ELECTRÓNICOS. Introducción o motivación de la tesis. El crédito documentario tiene como función servir de medio de pago de los contratos de compraventa o suministro celebrados entre empresarios distantes y ubicados en cualquier parte del mundo. La electronificación de la contratación mercantil internacional consigue el beneficio de la celeridad, lo que produce un ahorro de costes importantes a los empresarios pero, a la vez, es necesario dotar de seguridad jurídica a los documentos y firmas electrónicas utilizadas, que sea como mínimo tanta como la obtenida por la utilización de los documentos tradicionales en papel. El objeto de esta tesis es constatar los problemas que se han ido planteando y las distintas soluciones aportadas hasta la consecución de la completa realización de la operación de crédito documentario por medios electrónicos para permitir que los empresarios que quieren formalizar el contrato de crédito documentario de forma electrónica, no tengan impedimentos legales o técnicos para hacerlo. Desarrollo teórico La regulación, en el año 2002, bajo los auspicios de la Cámara de Comercio Internacional del Suplemento para la presentación electrónica de los créditos documentarios (e-UCP) a las Reglas y Usos uniformes sobre créditos documentarios (UCP, Publicación nº 600, 2007) estableció el marco en el que fue posible la realización de la operación de crédito documentario a través de medios electrónicos y telemáticos. Además de la labor de la CCI, los empresarios internacionales se unen para crear organizaciones como SWIFT, BOLERO o ISO, las cuales se dotan de normas privadas para permitir la realización de contratos mercantiles, como los créditos documentarios, a través de medios electrónicos y telemáticos. En la tesis se analiza la celebración del contrato de crédito documentario a través de las declaraciones de voluntad electrónicas, su validez y eficacia, los efectos jurídicos de las declaraciones de voluntad electrónicas y, entre otras cuestiones problemáticas, el momento y lugar de la perfección del contrato de crédito documentario electrónico. Conclusión Entre las conclusiones de esta tesis destacamos la relativa a las dificultades que han encontrado los empresarios en la celebración y ejecución del crédito documentario electrónico a pesar de que los principios generales en materia de comercio electrónico otorgan validez jurídica a los contratos perfeccionados por medios electrónicos. La ausencia de uniformidad entre las normas técnicas de funcionamiento del sistema y la incompatibilidad de los distintos sistemas informáticos utilizados por los empresarios y las entidades de crédito, ralentiza la formación, perfección y ejecución del contrato de crédito documentario por vía electrónica. Se analizan en la obra las distintas tentativas, realizadas por los empresarios privados, de llegar a una normalización en el lenguaje que facilite el intercambio de comunicaciones, a través de la promulgación de diversas normas estándar emitidas por la Organización Internacional de Estandarización (ISO 9735, normas EDIFACT en 1988, ISO 15022, normas MT en 1995, y por último la ISO 20022, normas MX en 2013). En el contrato de crédito documentario han surgido graves inconvenientes para la presentación electrónica de los documentos negociables (conocimiento de embarque y títulos cambiarios) por el beneficiario al banco emisor. La imposibilidad de replicar electrónicamente el conocimiento de embarque tuvo una primera consecuencia en la práctica que fue la sustitución del conocimiento de embarque tradicional por la carta de porte electrónica como documento no negociable que, al carecer de la naturaleza de título-valor permitía su reconocimiento electrónico por aplicación del principio de equivalencia funcional. Los avances tecnológicos han permitido que los empresarios privados creen sistemas informáticos que permiten la emisión y transmisión de los conocimientos de embarque electrónicos con las mismas funciones que cumplen los título-valores pero sin compartir su naturaleza jurídica (Data freight system, Seadocs, Electronic Data Exchange Systems, Bolero). De la presente tesis se desprende, en su conjunto, el amplio campo de posibilidades que se abre para el desarrollo de las comunicaciones electrónicas mercantiles, que están siendo objeto de regulación y en la que se debe seguir avanzando. Pero la aprobación de nuevas normas jurídicas no debe ser precipitada pues la propia tecnología está evolucionando de manera vertiginosa. No puede menoscabarse en el desarrollo de este nuevo derecho la seguridad jurídica que debe existir en toda transacción mercantil realizada entre empresarios. Bibliografía ALCALÁ DÍAZ, M.A., "El contrato de crédito documentario", en AAVV, La contratación bancaria, (coords. E. Gadea Soler, A. Sequeira Martín), Dykinson, Madrid, 2007, págs. 1021-1063. ALONSO UREBA, A. y VIERA GONZALEZ, A. J., "El crédito documentario", en AA.VV., Derecho del Mercado Financiero, (coords. J. Martínez-Simancas Sánchez y A. Alonso Ureba),T.II, Vol.1, Civitas, Madrid 1994, págs. 735 a 782. CAMACHO CLAVIJO, S., Partes intervinientes formación y prueba del contrato electrónico, Edit. Reus, Madrid, 2005. 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