Medidas extraordinarias adoptadas en el real decreto-ley 8/2020 ante la crisis del Covid-19 de índole mercantil y concursal
ISSN: 2341-4537
Año de publicación: 2020
Número: 68
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: La Ley mercantil
Resumen
Con fecha 18 de marzo de 2020 se publicó en el BOE el Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. En este trabajo se analiza, entre otras, la medida contenida en su artículo 43, por el que se elimina el deber- que no el derecho- de solicitar la declaración de concurso del deudor durante la vigencia del estado de alarma. Asimismo, se expone la problemática suscitada a raíz de lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, y en el acuerdo de la Comisión Permanente del CGPJ de 18 de marzo de 2020, en relación a la posibilidad de presentar un escrito de solicitud de declaración de concurso voluntario, durante el estado de alarma por encontrarse el deudor en situación de insolvencia inminente. Finalmente, se advierte de una posible extralimitación por parte del CGPJ en la adopción de dicho acuerdo no sólo en lo que se refiere a su contenido sino también en la forma de adopción del mismo.