Restaurar y redefinir las relaciones con Rusia

  1. Araceli Mangas Martín 1
  1. 1 Universidad Complutense de Madrid
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    Universidad Complutense de Madrid

    Madrid, España

    ROR 02p0gd045

Revista:
Análisis del Real Instituto Elcano ( ARI )

ISSN: 1696-3466

Año de publicación: 2014

Número: 55

Tipo: Documento de Trabajo

Otras publicaciones en: Análisis del Real Instituto Elcano ( ARI )

Resumen

Rusia sigue siendo una gran potencia a pesar de la pérdida de territorios y la transición política y económica sufrida desde 1989. Desde entonces, ha ejercido sus responsabilidades en asunto globales. También, al igual que otras grandes potencias, ha violado el Derecho internacional cuando sus intereses estratégicos lo exigían o han sido desatendidos por otros Estados. La pésima gestión de la crisis de Ucrania por parte de la UE ha originado la mayor crisis en Europa desde la caída del Muro. La actuación rusa en Ucrania no es conforme al Derecho internacional, como tampoco lo fue la invasión de Yugoslavia y de Irak y financiar y armar a los rebeldes en Siria. Los miembros de la UE del antiguo espacio soviético han influido en una malsana política de resentimiento y hostigamiento hacia Rusia.

Referencias bibliográficas

  • Paix et Guèrre entre les nations, Paris, 1962, p. 20.
  • Henry Kissinger ha afirmado: “In my life, I have seen four wars begun with great enthusiasm and public support, all of which we did not know how to end and from three of which we withdrew unilaterally” (“How the Ukraine crisis ends”, The Washington Post, 5/III/2014).
  • Las potencias emergentes hoy: hacia un nuevo orden mundial, Cuadernos de Estrategia, nº 151, Ministerio de Defensa, 2011, p. 83).
  • El Tribunal Europeo de Derechos Humanos constató durante 2013, en 119 sentencias, diversas violaciones de la Federación Rusa al Convenio Europeo de Derechos Humanos (Council of Europe, Facts & Figures 2013, p. 7). Le siguen de cerca en condenas Turquía (118), Rumanía (83), Ucrania (65), Hungría (40), Italia (34), Grecia (32) y Francia (28); casi todos miembros “honorables” de la UE.
  • Posiblemente ha habido una “sobrestimacion de la capacidad y voluntad de liderazgo mundial de Estados Unidos” en el unilateralismo de la política exterior norteamericana (R. Calduch, op. cit., p. 104).
  • Reconocía, no obstante, algunas diferencias: “Generally we succeed, but in some cases our positions differ, like e.g. on Syria, which no doubt will be raised at the summit…we have a broad agenda with Russia, which reflects the way in which our economies, our societies and our strategic concerns are increasingly intertwined” (Speech of High Representative Catherine Ashton on the EU-Russia Summit, European Parliament, Strasbourg, 13/XII/2011, Bruselas, 14/XII/2011, A 513/11.
  • Resoluciones (Res.) del Consejo de Seguridad 662 (1990) y 678 (1990).
  • Res. 688 (1991).
  • Res. 1373 (2001) del Consejo de Seguridad de 28 de noviembre; 1267 (1999) y 1333 (2000) (la “Lista consolidada”); 1822 (2008), relativa al régimen de sanciones contra al-Qaeda y los talibán; 1904 (2009) “Amenazas a la paz y la seguridad internacionales causadas por actos terroristas”, mediante la que crea el Ombudsman; y Resolución 1267 (1999) sobre el régimen de sanciones y creación del comité de aplicación, etc.
  • Res. 1973 (2011) del Consejo de Seguridad por la que autorizó el uso de la fuerza en Libia. Como confirma el citado Henry Kissinger: “The test of policy is how it ends, not how it begins” (“How the Ukraine crisis ends”, The Washington Post, 5/III/2014).
  • Así lo reconocía el memorando de entendimiento firmado por la Comisión y Rusia en marzo de 2013: EU-Russia Energy Cooperation until 2050.
  • En una entrevista con el gran ex ministro de Asuntos Exteriores, el liberal alemán H.D. Genscher, publicada el 9 de noviembre de 2014 en El Mundo –suplemento “Crónica”, p. 9– dice: “…creo que la postura de Occidente es equivocada.“extraordinariamente” el contacto que mantiene Merkel con Moscú.
  • “Ukrainian policy gives an impression of improvisation, hesitation, and spatchcocked compromises” (P. de Boissieu, T. de Bruijn y A. Vitorino, Wall, St: The European Union's action on the international scene: lost cause or last chance?, Sinopia Report, septiembre de 2014. Sobre los errores calculados y errores de cálculos en la crisis de Ucrania, véase el artículo de F. Arteaga en Comentario Elcano 15/2014, 3/III/2014. También en mis artículos “Kosovo y Crimea: la doble vara de medir”, El Mundo, 4/III/2014, y “Ni aquí ni en Crimea”, El Mundo, 7/III/2014.
  • Para el primer embajador de España en Moscú, Rusia “entendió que se había portado como un amigo y fue tratada como un enemigo” (“La percepción rusa de Ucrania”, El Mundo, 19/III/2014).
  • La alusión a la expresión rebus sic stantibus no es estrictamente formal en el sentido del art. 62 del Convenio de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969. Dicha cláusula no es aplicable a los tratados sobre fronteras.
  • Como decía Jeffrey Sachs: “Sin pretender restar gravedad a las últimas acciones de Rusia, hay que señalar que se producen en un contexto de violaciones reiteradas del derecho internacional por parte de Estados Unidos, la Unión Europea y la OTAN. Cada una de esas violaciones socava el frágil edificio del derecho internacional y expone al mundo al riesgo de caer en una guerra de todos contra todos sin ninguna sujeción legal” (“Ucrania y la crisis del derecho internacional”, El País, 6/IV/2014).
  • Añade Sachs: “A la guerra de Kosovo le siguieron las dos que lideró Estados Unidos en Afganistán e Irak, que se produjeron sin apoyo del Consejo de Seguridad y, en el caso de Irak, a pesar de vigorosas objeciones en su seno. Tanto para Afganistán como para Irak, los efectos han sido completamente devastadores. […] el respaldo estadounidense a los insurrectos es una violación de la soberanía de Siria y contribuyó a una espiral ascendente de violencia”.
  • Conclusiones del Consejo Europeo, 23-24/X/2014, EUCO 169/14, en especial puntos 4 y 5.