El deber de negociar y la buena fe en la negociación colectiva

  1. SANCHEZ TORRES, ESTHER
Zuzendaria:
  1. Salvador del Rey Guanter Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universitat Autònoma de Barcelona

Defentsa urtea: 1998

Epaimahaia:
  1. Manuel Ramón Alarcón Caracuel Presidentea
  2. Miguel Rodríguez-Piñero Royo Idazkaria
  3. Joaquín García Murcia Kidea
  4. Francisco Pérez Amorós Kidea
  5. Juan García Blasco Kidea

Mota: Tesia

Teseo: 67377 DIALNET

Laburpena

La tesis parte de la superación de la identificación del (deber de negociar) con el proceso, simplemente, de elaboración de convenios colectivos, para afirmar su extensión a todas las manifestaciones de negociación colectiva. Igualmente rompe la tradicional equiparación entre el (deber de negociar) y (el deber de buena fé), para configurarlos como deberes autónomos aunque vinculados por una particular relación de simbiosis. Ello actúa como punto de partida para determinar cuándo las partes están obligadas a negociar y a intentar alcanzar un acuerdo regulador autónomo, y cuáles son las conductas que deben respetar, independientemente de que hayan concurrido a la mesa de negociación voluntariamente o compelidos por el (deber de negociar).