Revolución y ordenamiento jurídicola experiencia rusa de 1917 y la española de 1936

  1. VIDAL MANZANARES, CÉSAR
Zuzendaria:
  1. Enrico Pascucci de Ponte Zuzendarikidea
  2. Francisco Javier López de Goicoechea Zabala Zuzendarikidea

Defentsa unibertsitatea: Universidad Alfonso X el Sabio

Fecha de defensa: 2012(e)ko ekaina-(a)k 29

Epaimahaia:
  1. José Iturmendi Morales Presidentea
  2. Juan Luis Jarillo Gómez Idazkaria
  3. Eduardo de Urbano Castrillo Kidea
  4. Florentino Portero Rodríguez Kidea
  5. Francisco Marhuenda Kidea

Mota: Tesia

Teseo: 363545 DIALNET

Laburpena

La tesis pretende describir y analizar la configuración de una nueva visión jurídica que nació con el análisis filosófico-jurídico de Marx y Engels; que fue elaborada por Lenin y que, finalmente, fue llevada a la práctica de forma inexorable en el curso de la revolución rusa de octubre de 1917. Esa visión, totalmente novedosa desde diversos puntos de vista, creó una nueva administración de justicia, un sistema diferente de orden público, unos tipos penales desconocidos hasta entonces e incluso un sistema penitenciario sin precendentes. Culminada en el art. 53 del Código penal soviético, su influencia es obvia en la España gobernada por el Frente popular con anterioridad al estallido de la guerra vivil, pero alcanzó su plasmación desde la primeras semanas de la guerra produciendo unos frutos muy semejantes a los del sistema soviético. La diferencia fundamental entre ambos procesos sería, esencialmente,que mientras la victoria en la guerra civil permitíó en el caso soviético una teorización jurídica; la derrota del Frente popular en el campo batalla impidió ese mismo desarrollo en el caso español.