La reclamación de alimentos y otras prestaciones en el proceso penalel delito de impago de pensiones
ISSN: 2341-0566
Año de publicación: 2019
Título del ejemplar: Monográfico : relaciones familiares y Derecho Penal
Número: 21
Páginas: 25-45
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: La Ley Derecho de Familia: Revista jurídica sobre familia y menores
Resumen
La condena como autor de un delito de impago de pensiones conllevará como responsabilidad civil la condena al pago de las prestaciones debidas. Pero esto solo será posibles tras un proceso penal en el que habrán de acreditarse y probarse que concurren todos los elementos objetivos y subjetivos (el dolo). Particularmente problemático será la prueba del dolo (conocimiento de la obligación y voluntad deliberada de impago) pues si no existe la posibilidad de pago, la conducta del acusado no será voluntaria (no se paga porque no se quiere sino porque no se puede), lo que nos reconduce a la prueba de la capacidad económica del acusado, siendo éste un aspecto controvertido en la jurisprudencia menor, al igual que otros aspectos como la legitimación para denunciar o el alcance de la responsabilidad civil. Todo ello teniendo en cuenta que proceso civil de ejecución y proceso penal no son incompatibles, coexistiendo y, en ocasiones interfiriéndose.