La diligencia de entrada por la policía en pisos turísticoslos conceptos de domicilio y de delito flagrante
ISSN: 1989-6913
Año de publicación: 2021
Número: 9836
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Diario La Ley
Resumen
Estos días han sido cuestionadas, cuanto menos por desproporcionadas, las entradas de la Policía en pisos en los que se celebraban fiestas ilegales, amparadas en la comisión de un delito flagrante de desobediencia a la autoridad. Sin pretender analizar un caso concreto, pues habría que conocer todos los hechos de caso, sí aprovecharemos esas actuaciones, como hilo conductor, para repasar conceptos tan importantes en relación con las entradas y, en su caso, registros, como son el propio concepto constitucional de domicilio a efectos de su inviolabilidad así como el de delito flagrante y las notas que la jurisprudencia exige para su existencia. También analizaremos el consentimiento, como título habilitante también para una entrada y registro policial y quién y cómo prestarlo. Finalizaremos con las consecuencias que puede tener esta actuación policial cuando realmente no está amparada en ninguno de los supuestos excepcionales en los que la Constitución permite el acceso al domicilio de una persona física, todo ello con el examen de la jurisprudencia más reciente.