Arbitraje y derecho públicoperspectiva interna e internacional

  1. Soriano Hinojosa, Alvaro
Zuzendaria:
  1. José Carlos Fernández Rozas Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 2020(e)ko urria-(a)k 09

Epaimahaia:
  1. Juan Sánchez-Calero Guilarte Presidentea
  2. Pedro Alberto de Miguel Asensio Idazkaria
  3. Javier Díez-Hochleitner Rodríguez Kidea
  4. Mercedes Fuertes Kidea
  5. Bernardo María Cremades Sanz-Pastor Kidea
Saila:
  1. Derecho Internacional, Eclesiástico y Filosofía del Derecho

Mota: Tesia

Laburpena

Arbitraje y Estado son conceptos que conjugan mal, al menos, en el ámbito doméstico. Desde mediados del siglo XIX, se adoptó una tajante interdicción de sujetar a las Administraciones a la decisión de árbitros, incluso cuando descendían al terreno contractual; se reservaba para la Jurisdicción la exclusividad de todo enjuiciamiento de su conducta. En cambio, en el orden internacional, apareció la tesis contraria: ahí los Estados dirimían sus conflictos a través de instrumentos como el arbitraje. Lo que se extendió a sus empresas, organizaciones e incluso a las decisiones que directa o indirectamente afectaran a las actividades administrativas en cuanto afectaran a los mercados. Esta doble perspectiva interna, su encuadramiento debido en un orden conceptual bien organizado, lo que incluye la superación de la ecuación ¿arbitraje = derecho privado¿, es el objeto de esta Tesis. Administración, a su veste de ¿Pretor Peregrino¿ que imparte justicia entre privados: ¿actividad administrativa arbitral¿. Aquí la administración adopta la posición de árbitro. Esto sucede en sectores regulados que dependen de una resolución administrativa para desenvolver todas sus Hay que sumar, a su vez, una dimensión distinta: la referida a la posición arbitral de la propia actividades y determinadas disputas que afectan a sectores más sensibles de la población. Son actividades genuinamente privadas pero enmarcadas dentro de un cuadro normativo dinámico que se define según el transcurso del tiempo. No se trata solo de encuadrar esa actividad privada dentro de la legislación y del desarrollo reglamentario que realice la Administración en ejecución de la Ley. Se trata, con toda exactitud, de una actividad que nace, se desarrolla y se culmina, con acompañamiento estricto de la actividad reglamentaria y administrativa de la Administración, que así, se constituye en una orientación permanente del total desempeño realizado por los poderes públicos internos de un Estado. Comienza el trabajo con una presentación que describe las dos caras de la cuestión, esto es, el Estado en una vertiente activa y otra pasiva en relación con el arbitraje y muestra el punto nodal de conexión entre ambas configuraciones del instituto arbitral en su relación con la Administración y su derecho. Es clave, el examen constitucional de lo que significa arbitraje, su aceptación, la extensión, contenido y límites de la figura, y, finalmente, su proyección en Derecho Público, como dimensión nueva y llena de contenido pese a la oscuridad prístina en que ha vivido por obra de una expansión invasiva por parte de una configuración tradicional de la jurisdicción, entendida en su sentido más clásico y, quizás, en este punto, un tanto obsoleto por no permitir la innovación que el instituto arbitral puede ofrecer también al propio Estado. Aceptadas estas conclusiones introductorias, a continuación se divide el conjunto material del trabajo en tres grandes partes.