Evaluación cualitativa y cuantitativa de los estudios posautorización de tipo observacional registrados en España
- Fuente Honrubia, César de la
- Francisco José de Abajo Iglesias Director/a
- Mari Carmen Fernández Iriarte Codirector/a
- Dolores Montero Codirector/a
Universidad de defensa: Universidad de Alcalá
Fecha de defensa: 10 de julio de 2014
- Alfonso Moreno González Presidente
- María Teresa Martín López Secretario/a
- Inés Galende Domínguez Vocal
- José Antonio Sacristán del Castillo Vocal
- César Hernández García Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
Objetivo Principal: Evaluar el impacto de la normativa sobre los estudios posautorización de tipo observacional (EPA) en su calidad metodológica y ética a lo largo del período evaluado. Objetivos secundarios: Determinar la concordancia entre las resoluciones de las autoridades competentes respecto a las solicitudes de autorización de estos estudios. Determinar la concordancia entre los motivos de denegación de las solicitudes de autorización de un mismo EPA por parte de las autoridades competentes, entre aquellas resoluciones desestimatorias. Metodología: Se han revisado todos los estudios posautorización de tipo observacional registrados en España desde el 25 de abril de 2000 hasta el 31 de diciembre de 2011. De cada protocolo de estudio se ha extraído información administrativa, metodológica y de seguimiento. Se compararon los resultados obtenidos en cada período normativo con el período previo, así como los correspondientes al período normativo agrupado en comparación con el período anterior a la normativa. Asimismo, se valoró la concordancia entre las decisiones de las autoridades competentes. El análisis de concordancia se realizó de forma detallada para cada comunidad autónoma (mediante el índice Kappa para dos observadores independientes con dos posibles categorías), y de forma agrupada para los períodos normativos (mediante el índice Kappa para tres o más observadores con dos categorías). En cuanto a la influencia que presentan las diferentes características de los protocolos en las decisiones de las autoridades competentes, se elaboraron modelos predictivos mediante regresión logística multivariante para aquellas comunidades autónomas que habían comunicado suficiente número de decisiones. Resultados: Los resultados obtenidos en el período normativo agrupado (desde el año 2002 al año 2011) han sido mejores que los correspondientes al período previo (desde el año 2000 al 2002) en cuanto a porcentaje de estudios de carácter internacional (35,24% vs. 4,28%, p<0,001)), duración de seguimiento mayor de doce meses (46,5% vs. 23,68%, p<0,001), solicitud de consentimiento informado (85,64% vs. 19,5%), presentación a un CEIC (96,87% vs. 9,48%, p<0,001) o descripción del procedimiento de confidencialidad de datos (84,64% vs. 41,28%, p<0,001)). La tasa de registro (nº estudios registrados/100 días) resultó similar en ambos períodos (38,85 vs. 40,06), La menor tasa de registro correspondió al período 2002-2007 (19,08), siendo los estudios de seguimiento prospectivo promovidos por industria farmacéutica en los que mayor descenso se observó. Las denegaciones por parte muchas comunidades autónomas presentaron tendencia decreciente a lo largo del período de estudio (Andalucía -del 43,06% al 27,85%-, Aragón -del 81,52% al 29,03%-, Cataluña -del 44,83% al 14,55%- o Madrid -del 59,73% al 27,71%-). Asimismo, en cuanto a la concordancia entre las decisiones de las comunidades autónomas, se observaron valores bajos de índice kappa (0,16 en el período 2002-2007, 0,15 en el período 2007-2009 y 0,25 en el período 2009-2011). No se identificaron características comunes de los estudios que predijeran su autorización o denegación por parte de las comunidades autónomas analizadas. Conclusiones: La normativa española sobre EPA ha presentado gran impacto en los estudios, mejorando especialmente la calidad de los aspectos éticos y más discretamente la de los aspectos metodológicos. A su vez, la actividad investigadora en nuestro país no se ha visto disminuida. Se considera por tanto que esta normativa en su conjunto es la primera que ha demostrado ser efectiva en la minimización del uso promocional de los estudios observacionales. La concordancia observada entre las decisiones de las autoridades competentes ha sido pobre, y los criterios de evaluación poco homogéneos, por lo que los futuros cambios normativos deberían centrarse en mejorar estos resultados.