La definición de los servicios esenciales y de los servicios mínimos en la huelga general del 8 de marzo de 2018. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia sobre la (legitimidad del decreto de) determinación de los servicios mínimos

  1. Birgillito, Maria Laura
Revista:
Derecho de las relaciones laborales

ISSN: 2387-1113

Año de publicación: 2019

Número: 4

Páginas: 400-410

Tipo: Artículo

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Resumen

El artículo analiza una sentencia reciente en materia de vulneración del derecho de huelga en los servicios esenciales: la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia n. 00379/2018, de 19 de septiembre de 2018, que se pronuncia sobre la legitimidad del decreto de servicios mínimos emanado por la Junta de Galicia con ocasión de la huelga general del 8 de Marzo de 2018. El análisis se detiene inicialmente en las cuestiones jurídicas más relevantes abordadas por la sentencia: la aplicación de unos servicios mínimos abusivos y la carencia de la motivación adecuada del acto. Esta doble argumentación permite abrir el paso para unas consideraciones más generales sobre algunos elementos especialmente conflictivos de la regulación de la huelga en los servicios esenciales, siendo la sentencia analizada un ejemplo de ellos: las definiciones de servicio esencial y servicio mínimo, el juicio de ponderación entre derechos constitucionales, cuyos ejes interpretativos se remiten al Tribunal Constitucional, los problemas jurídicos que surgen a raíz de la identificación de la autoridad pública como sujeto regulador del conflicto y los límites a su potestad decisional. Con respecto a este último aparado, el análisis no sólo ahonda en la interpretación de los los principios de necesidad y proporcionalidad, sino que también identifica en la negociación de los servicios mínimos y en la participación de los sujetos colectivos un límite infranqueable a la potestad decisoria de la autoridad pública.

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