El delito de tentativa

  1. Reyes Alvarado , Yesid
Dirigida por:
  1. Gonzalo Rodríguez Mourullo Director/a

Universidad de defensa: Universidad Autónoma de Madrid

Fecha de defensa: 19 de diciembre de 2014

Tribunal:
  1. Enrique Gimbernat Ordeig Presidente
  2. Enrique Peñaranda Ramos Secretario/a
  3. Santiago Mir Puig Vocal
  4. Susana Huerta Tocildo Vocal
  5. Manuel Cancio Meliá Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 383473 DIALNET

Resumen

Un estudio sobre el fenómeno de la tentativa debe comenzar necesariamente con el análisis de las razones por las que el derecho penal considera oportuno reaccionar frente a esta clase de comportamientos mediante la aplicación de una sanción, puesto que sin que previamente se haya tomado posición sobre este tópico, resulta imposible abordar con claridad otra clase de problemas como el de la delimitación entre los actos preparatorios y ejecutivos o el del fundamento de la impunidad en el desistimiento19. Pese a que usualmente se habla del fundamento de la punibilidad de conductas como las que configuran la tentativa, resulta evidente que el examen sobre el merecimiento de la pena en tales hipótesis no debe recaer sobre la conducta en sí misma, sino sobre el autor de dicha actividad, pues sólo respecto de él tiene sentido discutir si merece o no que le sea aplicada una sanción penal20. No es que el análisis del comportamiento carezca por completo de significación, sino que él no tiene relevancia para el derecho penal sino cuando es puesto en relación con el autor; la necesidad de que el juicio sobre el merecimiento de una sanción penal examine tanto la conducta como el autor, se pone de manifiesto en las múltiples oportunidades en las que el resultado de dicho juicio es diverso respecto de conductas idénticas que han sido desplegadas por dos sujetos diversos21. Así, por ejemplo, la misma conducta que siendo desarrollada por un inimputable no merece sanción penal, puede dar lugar a la aplicación de una pena respecto del imputable, y si el mismo comportamiento que es ejecutado por una persona en posición de garante originaría una sanción penal, no merece reproche punitivo cuando es llevado a cabo por un sujeto que carece de ella.