Supuestos de excepción al artículo 34 de la ley hipotecaria en la jurisprudencia urbanísticaespecial referencia al tercer adquirente de una edificación con licencia de obra anulada

  1. MARCO DE LA HOZ, ALVARO
Dirigida por:
  1. Teresa Echevarría de Rada Directora

Universidad de defensa: Universidad Rey Juan Carlos

Fecha de defensa: 11 de julio de 2013

Tribunal:
  1. Ignacio Gallego Domínguez Presidente/a
  2. Rafael Sánchez Aristi Secretario/a
  3. María del Pilar Álvarez Olalla Vocal
  4. Carlos Cuadrado Pérez Vocal
  5. María Dolores Hernández Díaz-Ambrona Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 489498 DIALNET

Resumen

Realiza un estudio pormenorizado y crítico de la doctrina jurisprudencial de la Sala Tercera del Tribunal Supremo sobre la interpretación y aplicación del artículo 34 de la Ley Hipotecaria y determinados principios urbanísticos, en los casos de condicionamiento de licencias, restablecimiento de la legalidad urbanística conculcada, y en la ejecución de sentencias urbanísticas de demolición. Para ello, lleva a cabo, en primer lugar, una recopilación, formulación y sistematización, por grupos de casos, de la doctrina de la Sala Tercera del Tribunal Supremo que los sustentan, extrayendo sus principales argumentos. En un segundo momento, se procede a un análisis crítico de sus razonamientos, determinando lo acertado o no de sus planteamientos; y, en tercer lugar, llegado el caso, se elabora una reformulación dogmática o depuración de algunos de sus razonamientos, en orden a compaginar y conciliar instituciones y figuras jurídicas de las distintas ramas del Derecho que inciden en la materia (Derecho Civil. Derecho Hipotecario, Derecho Procesal, Derecho Urbanístico), consiguiendo con ello una mejor fundamentación y unos planteamientos jurídicos que resultan más aceptables desde el punto de vista de las ramas del Derecho implicadas. Finalmente, por estimarse insuficientes los mecanismos legales de tutela que disponen los terceros adquirentes para la defensa de sus derechos e intereses perjudicales, y resultar muy limitadas las medidas legislativas adoptadas recientemente por el legislador estatal, se proponen una serie de medidas de lege ferenda, con incidencia en los ámbitos notarial, registral y judicial, con el fin de impedir la aparición de ciertas patologías jurídicas en nuestro ordenamiento jurídico.