La jurisprudenciafuente del derecho

  1. CALVO VIDAL FELIX MANUEL
Zuzendaria:
  1. José Luis de los Mozos de los Mozos Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad de Valladolid

Defentsa urtea: 1991

Epaimahaia:
  1. Vicente Guilarte Zapatero Presidentea
  2. Alfonso Fernández-Miranda Campoamor Idazkaria
  3. Antonio Manuel Morales Moreno Kidea
  4. Ignacio Serrano García Kidea
  5. Jacinto Gil Rodríguez Kidea

Mota: Tesia

Teseo: 31274 DIALNET

Laburpena

EL TEMA DE LA JURISPRUDENCIA, OBJETO DE REELABORACION EN CADA GENERACION DE JURISTAS, SUSCITA EN LA ACTUALIDAD UN GRAN INTERES TRAS LA PROMULGACION DE LA CONSTITUCION DE 1978. EN LA ACTUALIDAD SE RESTRINGE EL CONCEPTO A LA APLICACION DE LA LEY A LOS CASOS PARTICULARES POR LOS ORGANOS JUDICIALES Y AUN MAS ESTRICTAMENTE POR EL TRIBUNAL SUPREMO, APARTE DE LA FUNCION DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, QUE NO ES PROPIAMENTE JURISPRUDENCIAL. PARA LOS QUE ARGUMENTAN EN FAVOR DE LA NORMATIVIDAD DE LA JURISPRUDENCIA, Y LOS QUE LA NIEGAN TODO VALOR NORMATIVO, DE LOS TEXTOS LEGALES EXAMINADOS HEMOS DE CONSIDERAR A LA JURISPRUDENCIA COMO UNA DOCTRINA U OPINION AUTORIZADA EN UN PLANO INTERMEDIO ENTRE LAS FUENTES Y LAS PURAS OPERACIONES DE APLICACION JURIDICA. PODRA SER CONSIDERADA COMO UN FACTOR DE UNIFICACION DE LAS DECISIONES JUDICIALES, PERO NO ES NI HA SIDO NUNCA FUENTE DE DERECHO EN SENTIDO ESTRICTO (ARG. ART. 1 AP. 1 E INDIRECTAMENTE EL PROPIO ARTICULO EN SU APARTADO 6, DEL CODIGO CIVIL). LA JURISPRUDENCIA NO POSEE VALOR VINCULANTE SINO SOLO EJEMPLAR, COMO LINEA A SEGUIR. PERO LO CIERTO ES QUE DE HECHO, LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO, POSEEN UNA IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA QUE NADIE DISCUTE, ACTUANDO COMO AUXILIADORA Y COMPLEMENTO DE LOS ORDENAMIENTOS JURIDICOS, E INCLUSO COMO AVANZADILLA Y ANTICIPO DE UN GRAN NUMERO DE INSTITUCIONES QUE HAN VISTO POSTERIORMENTE SU REFLEJO LEGISLATIVO, Y QUE ANTERIORMENTE FUERON CREACION JUDICIAL, CONTRIBUYENDO CON ELLO A IMPULSAR LA ELABORACION DEL DERECHO Y DE LA CIENCIA JURIDICA.