Los complementos autonómicos¿Seguridad Social o Asistencia Social?

  1. García-Núñez Serrano, Francisca
Revista:
Revista del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales: Revista del Ministerio de Trabajo e Inmigración

ISSN: 1137-5868

Año de publicación: 2002

Título del ejemplar: Seguridad Social

Número: 34

Páginas: 129-168

Tipo: Artículo

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Resumen

El presente estudio, pretende reflexionar acerca de la idoneidad de la medida adoptada por varias Comunidades Autónomas consistente en el establecimiento de ayudas económicas complementarias de carácter extraordinario que tienen por beneficiarios a los titulares de prestaciones no contributivas de la Seguridad Social. Las Comunidades Autónomas legitiman su actuación amparándose en la competencia de la Asistencia Social prevista en el artículo 148.1.20 de la Constitución y que tienen asumida en sus Estatutos de Autonomía. El Gobierno central, por su parte, entiende que los mencionados complementos autonómicos no forman parte de la Asistencia Social, sino que pertenecen al ámbito de la Seguridad Social y, por tanto, atendiendo el artículo 149.1.17 de la Constitución es él el que ostenta la competencia para su establecimiento. Este tema se encuentra aún pendiente de resolución por parte del Tribunal Constitucional. Para dar respuesta a este controvertido asunto habremos de enfretarnos al ya tantas veces tratado problema de la delimitación de fronteras entre Seguridad Social y Asistencia Social. Comprobaremos que la evolución de los institutos ha provocado que la frontera entre ambos se fuera difuminando. Posteriormente, y tras el estudio del sistema de distribución de competencias establecido en la Constitución, analizaremos la normativa autonómica objeto de controversia, intentando extraer las notas distintivas o características de las ayudas, para posteriormente proceder a su encuadramiento, o bien en el ámbito de la Seguridad Social o en el de la Asistencia Social.