Los gastos del incidente concursal
ISSN: 1698-997X
Año de publicación: 2007
Número: 12
Páginas: 137-163
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Anuario de derecho concursal
Resumen
El incidente concursal constituye una pieza básica en el sistema procesal de la Ley Concursal. Su ámbito de aplicación es muy amplio (art. 192.1) por ser el procedimiento a través del cual deben sustanciarse todas las cuestiones que se susciten durante el proceso concursal. También sirve de cauce para ventilar otras controversias. Los gastos procesales que la tramitación del incidente concursal genera al decidor y a la administración concursal son créditos con cargo a la masa, como regla general (art. 84.2, 2º y 3º). No obstante, la Ley Concursal establece varios límites que impiden considerar, en supuestos específicos, esos gastos procesales como créditos contra la masa. El estudio detallado de estos límites es el objeto de este trabajo, que se completa con los problemas prácticos que suscita la condena en costas a la administración concursal impuesta en la sentencia que dicte el juez del concurso resolviendo el incidente concursal (art. 196.2) y con las cuestiones que plantea la condena en costas en los recursos interpuestos por la administración concursal contra resoluciones del juez del concurso.