Criterios de determinación de la edad penal relevante¿Apartir de qué momento el delito cometido por un menor merece la intervención penal?

  1. Requejo Naveros, María Teresa
Revista:
Crítica

ISSN: 1131-6497

Año de publicación: 2011

Título del ejemplar: Los menores en España. Lás víctimas más vulnerables

Año: 61

Número: 976

Páginas: 26-29

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Crítica

Resumen

Cuando un menor de 18 años comete un delito, su responsabilidad criminal no se dirime conforme a los postulados del Código penal de 1995, que es el Código penal de los "adultos", sino el acuerdo a la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal del Menor (en adelante LORPM). La LORPM contiene tanto el catálogo de medidas -que no sanciones- susceptibles de ser aplicadas al menor que delinque, como el procedimiento que se debe seguir a la hora de determinar la responsabilidad criminal en la que el menor pueda haber incurrido.