Los centros de orientación familiar (cof)aproximación global e implicaciones jurídicas

  1. Latre Campos, Yolanda
Dirigida por:
  1. Alejandro González-Varas Ibáñez Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Zaragoza

Fecha de defensa: 07 de octubre de 2020

Tribunal:
  1. María Elena Olmos Ortega Presidente/a
  2. Zoila Combalía Solís Secretario/a
  3. María José Roca Fernández Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

La Orientación Familiar y Conyugal estructurada cobra fuerza a partir de los años setenta, con bases científicas y racionales así como personal especializado en Ciencias de la Familia. A día de hoy, y en varios países, la Orientación Matrimonial y Familiar constituye una disciplina reconocida en el ámbito académico , formando parte los COFs en del sistema público de Servicios Sociales como servicios especializados para la familia. No en vano el Consejo de Europa, en Recomendación de la reunión celebrada en Estrasburgo el 2 de septiembre de 1974 , afirmaba a este respecto que el orientador familiar es aquel profesional que tiene la visión amplia y general de la problemática familiar, pudiendo actuar en muchos casos como un mediador imparcial en las complejas cuestiones a las que se enfrenta la familia actual. Paralelamente al avance de la disciplina académica de la Orientación Familiar, se demanda con mayor fuerza la existencia de los COF o Centros de Orientación Familiar, como servicio especializado, profesionalizado e interdisciplinar a ofrecer a las familias en la resolución de sus conflictos. La complejidad cada vez mayor de todas aquellas cuestiones relacionadas con la familia y el desarrollo de sus diferentes ciclos vitales aparece por lo tanto en la génesis de los centros de orientación familiar, en la búsqueda de un inestimable recurso social de apoyo. En España, ha sido relevante el I Congreso Estatal de Organismos Familiares de la Unión Internacional de Organismos Familiares (UIOF), celebrado en Madrid del 17 al 20 de diciembre de 1987. Se pedía la creación de COFs a la Administración española, que prestara un asesoramiento global a la familia en la prevención, educación y asesoramiento terapéutico. Algunas expresiones que allí se acuñaron fueron “…constatamos la ausencia de especialistas en familia…”, “…profesionales especialmente formados en asesoramiento y orientación familiar”… La acepción más comúnmente aceptada para el término COF se refiere a los consultorios familiares de inspiración en las raíces de la civilización europeo-occidental, en los que se centrará el trabajo de investigación, que se caracterizan por la atención prestada a la prevención y a los problemas de formación, integrando de esta manera la acción socio-psicológica y sanitaria más propia y específica de los consultorios de carácter público. Las herramientas del diálogo, de la escucha activa y del counseling, colaboran en el objetivo principal de recuperar la dimensión armónica de cada persona y familia. No se estaría hablando tanto de diferentes modalidades de intervención técnica y protocolizada–que las hay- sino de centrar el interés en cada caso personal en concreto, con el protagonismo de cada persona que acude a estos centros. Esta consideración convierte a las personas en objetivo prioritario, frente al concepto de “paciente” propio de un consultorio público. La patología, diagnosis o terapia no se constituyen por lo tanto en el objetivo esencial de la consulta, sino que se estaría hablando también de orientación, formación y testimonio del valor del equilibrio personal y familiar. Aquel lugar al que se acude como protagonista, no como paciente, en situaciones críticas – pero comunes – que pueden darse en la vida familiar, sin llegar a constituir patologías La colaboración de estos centros puede reforzar aspectos algo más difíciles de abarcar en su totalidad en la atención socio sanitaria actual, como la intervencion en las crisis de los diferentes subsistemas, conyugal, parental, filial, fraternal, intergeneracional, contemplando dimensiones humanas constitutivas tan importantes como el contexto escolar, la familia extensa, la monoparentalidad… La salud familiar como bien social, derecho para todos que exige calidad y equidad: Dentro del proceso de transformación que la OMS propone para el modelo de salud, este proyecto enfrenta y asume estos nuevos paradigmas de salud, al ser estratégico, permitir un aumento de la resolutividad familiar y de recursos a su alcance, y por ende, la reducción del gasto sanitario en atención médica y farmacológica. Los principales objetivos de la investigación han sido los siguientes: ™ Profundizar en la realidad social y jurídica de estos centros de atención a la problemática familiar buscando producir una revalorización de los mismos, que beneficie a los agentes sociales y a las estructuras jurídicas en su conjunto. ™ Valorar como la incardinación de estos centros en el tejido social puede reforzar aspectos esenciales, pero difíciles de abarcar en la atención socio sanitaria actual, como la colaboración en las crisis de los diferentes subsistemas, conyugal, parental, filial, fraternal e intergeneracional. ™ Analizar el régimen jurídico y organización de los COFs, como centros de apoyo psico-social y con posibilidad de proyección jurídica en diferentes ámbitos (jurídico, social, sanitario…). ™ Profundizar en la labor de los COFs como medida extrajurisdiccional de resolución de conflictos, y la posibilidad de que formen parte de las estructuras pastorales previas, al amparo de la carta apostólica del Papa Francisco: Mitis Iudex Dominus Iesus (EDL 2015/266016) referida a la reforma de los procesos de nulidad matrimonial en el ámbito de la Iglesia católica de rito latino, que contempla la figura de la investigación pastoral prejudicial. El trabajo presenta numerosas conclusiones y propuestas "de lege ferenda" en referencia a los objetivos planteados.