Reformar la Constitución¿la “cirugía de precisión” obvia la adaptación del resto del ordenamiento? Un análisis a partir del caso italiano

  1. Samuele Gherardi
Revista:
Revista de las Cortes Generales

ISSN: 0213-0130 2659-9678

Año de publicación: 2021

Número: 111

Páginas: 445-482

Tipo: Artículo

DOI: 10.33426/RCG/2021/111/1619 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openAcceso abierto editor

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Resumen

«Una, ninguna y cien mil», son las maneras de reformar el ordenamiento, reza una expresión de Pirandello. Todas ellas pueden llevar a alcanzar el objetivo planteado por el legislador, pero la legitimidad del procedimiento y la puntualidad del ámbito de revisión no son siempre indicativos de un producto final completo, esto es, perfectamente aplicable al sistema jurídico vigente. Para demostrar lo aducido, se trae como ejemplo la revisión constitucional de reducción del número de parlamentarios en Italia de 2020. El intento no es el de estimar si la disposición en cuestión encarna alguna discriminación normativa, sino ilustrar —también de forma visual— la dureza del impacto que puede conllevar una reforma constitucional en su proyección real, particularmente en el ámbito parlamentario.