Análisis de los modelos de oficina de farmacia al servicio de la salud pública en la Unión Europea según los criterios de planificación y restricción de la titularidad. El principio de proporcionalidad

  1. Silvia Enríquez Fernández 1
  2. Carlos del Castillo Rodríguez 1
  1. 1 Departamento de Farmacia Galénica y Tecnología Alimentaria. Facultad de Farmacia, Universidad Complutense de Madrid
Revista:
DS : Derecho y salud

ISSN: 1133-7400

Año de publicación: 2021

Volumen: 31

Número: 1

Páginas: 104-114

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: DS : Derecho y salud

Resumen

La normativa de la Unión Europea en el ámbito de la salud pública respeta las responsabilidades de los Estados miembros en lo que respecta a la definición de su política de salud y prestación de servicios sanitarios, entre los que se incluye la organización de las oficinas de farmacia. Así pues, algunos Estados miembros han adoptado normas para el establecimiento de las mismas en dos sentidos. Por un lado, sobre los criterios de planificación, la concesión de la autorización para el establecimiento de una oficina de farmacia en algunos países sujeta a ciertos criterios de población y distancias. Por otro lado, sobre la titularidad y propiedad de las oficinas de farmacia, ya que en algunos Estados miembros se encuentra reservada la propiedad estas a favor de los titulados en farmacia. Se ha considerado que estas políticas restringen el derecho a la libertad de establecimiento y han sido objeto de controversia. Por ello, la justificación de ambas medidas debe basarse en la jurisprudencia comunitaria, así como en el principio de proporcionalidad.