De la globalización al proceso de tecnificación humanalos principios rectores de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional en la configuración de un nuevo orden jurídico mundial

  1. Gago Fernandez-Rubalcaba, Eduardo
Dirigida por:
  1. Remedios Morán Martín Director/a
  2. José Iturmendi Morales Director

Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 09 de julio de 2021

Tribunal:
  1. José Miguel Serrano Ruiz-Calderón Presidente
  2. Teresa García-Berrio Hernández Secretaria
  3. Pablo Badillo O'Farrell Vocal
  4. Francisco Javier Caballero Harriet Vocal
  5. Carmen Alemán Bracho Vocal
Departamento:
  1. Derecho Internacional, Eclesiástico y Filosofía del Derecho

Tipo: Tesis

Resumen

La humanidad está desbordada por la rápida aparición de acontecimientos, compareciendo muchas veces como sucesiones de hechos corrientes que, sin embargo, provocan situaciones excepcionales. En no pocas ocasiones el control sobre la situación pasa por dejar de lado los principios, por lo que las decisiones podrían ser una adaptación a las circunstancias, importando muy poco que los problemas globales se resuelvan de conformidad a la justicia. El propio individuo, al menos el que forma parte de las sociedades occidentales, ha acoplado a su vida unas creencias elásticas, lógicamente muy superficiales para adaptarse a la cambiante mentalidad social dominante. Quiere decirse que podría pasar del principio justo, a apoyar la injusticia sin que le revista ningún problema. Resulta extraño cómo, con una conciencia desafecta a las naciones, y, en principio, menos aún a los Estados, se intentará crear un derecho globalizante a partir de unas ideas universales, con una raíz que no procederá de la reclamación que hagan los pueblos por la justicia, sino más bien por la necesidad de adaptarse a las nuevas constelaciones que dominan la escena internacional. La reflexión sobre las posiciones en la globalización procederá de los especialistas, y de las instituciones internas, que estarán interesadas en progresar, creyendo que se podrá superar el dominio ejercido por los Estados, tanto en el ámbito interno, como en el contexto internacional. En cambio, faltará el espíritu del pueblo, ni siquiera de una sociedad, pues, hasta ahora, no existe un espíritu de la humanidad, por lo que ni siquiera se ha institucionalizado y menos aún historificado. Un Derecho global requerirá basarse en unos principios reales y componer unas formas procedimentales que no podrán ser sucedáneos del Derecho nacional o acaso del Derecho Internacional. Tampoco valdrá una ecléctica combinación entre los Derechos, aunque pusiera su base en los derechos humanos. Si estos derechos universales se mitificasen se alejarán de las realidades y no podrán ser aplicados con la recta practicidad jurídica, alejándose de las exigencias de una justicia humana universal. Al ser un derecho universal, se necesita que estén proyectados como una luz interior en cada individuo, para que sean orientados conforme a su conciencia, sin que haya filtros distorsionantes que oculten las consecuencias de la plasmación de los principios en la realidad. Sin olvidar que aparecerán no pocas contradicciones, alguna de las cuales serán utilizadas para beneficios ajenos a las comunidades. Aunque se tenga todas las reservas, no siempre hay un interés espurio, ni todo obedece a una preparada ocultación, puesto que la realidad de la globalización, que se presenta a veces violentamente rotunda para la mente humana, no se deja abarcar, por lo que el individuo no suele mostrar interés en profundizar sobre las causas que los han originado, ni los contenidos que lo caracterizan. Quizá porque el hombre se siente insuficiente, a pesar de su soberbio endiosamiento, siendo solo capaz de mostrarse como personaje en la galería, pero incapaz de manejar las grandes circunstancias. Este tipo generalizado de individuo estará preparado más que para exigir justicia, formar parte de una administración. Y puesto que la ciencia y la técnica son las que han mostrado más seguridad en su evolución, el individuo podría aceptar que debe tecnificarse y matematizarse, convirtiéndose en una pieza estadística. Es decir, perdería su alma a cambio de ganar una identidad numérica. Podría ser un juguete del Derecho como sujeto administrado, a la vez que el individuo también lo utiliza en su interés. No es consciente de que la tecnificación del Derecho, supondrá la compatibilidad y adaptación de la conducta a la regla, a tenor de los criterios del oportunismo.