Teletrabajo internacional y legislación de Seguridad Social aplicableestado de la cuestión y perspectivas en los Reglamentos de coordinación de la UE

  1. Dolores Carrascosa Bermejo 1
  1. 1 Universidad Pontificia Comillas
    info

    Universidad Pontificia Comillas

    Madrid, España

    ROR https://ror.org/017mdc710

Revista:
Revista Internacional y Comparada de Relaciones Laborales y Derecho del Empleo

ISSN: 2282-2313

Año de publicación: 2022

Volumen: 10

Número: 2

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Revista Internacional y Comparada de Relaciones Laborales y Derecho del Empleo

Resumen

El teletrabajo internacional plantea dudas sobre la legislación nacional aplicable de Seguridad Social, pues no existe una norma de conflicto ad hoc y la regla general, la lex loci laboris, queda distorsionada con el trabajo virtual. El artículo explora las distintas opciones en el marco normativo vigente respecto del teletrabajo internacional puro, híbrido o realizado por voluntad del trabajador durante un cierto período de tiempo (teleworkation o south working), aludiéndose también al teletrabajo internacional pandémico vinculado al Covid-19. Entre las soluciones futuras, la A. aboga por una reinterpretación actualizada de la lex loci laboris que conduciría a aplicar la ley del lugar donde se ubica la empresa y no la del lugar donde el teletrabajador teclea su portátil. Conexión que debería ser sometida a ciertas cautelas para evitar el dumping social, exigiendo a la empresa la realización de una actividad sustancial en el Estado de establecimiento.