Arbitraje y reconocimiento de resoluciones judiciales en el Reglamento Bruselas I bisSentencia del Tribunal de Justicia de 20 de junio de 2022
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Universidad Complutense de Madrid
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ISSN: 2660-7808
Año de publicación: 2022
Número: 12
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: La Ley. Mediación y arbitraje
Resumen
La jurisprudencia reciente del Tribunal de Justicia restringe la posibilidad de que una sentencia dictada en un Estado miembro en los términos de un laudo arbitral pueda ser invocada con éxito en el marco del Reglamento 1215/2012 para oponerse al reconocimiento de una resolución judicial inconciliable dictada en otro Estado miembro. La observancia de las disposiciones y objetivos fundamentales del Reglamento Bruselas I bis en el laudo arbitral al que se refiere la resolución judicial en cuestión se configura como presupuesto de la aplicación del motivo de denegación del reconocimiento previsto en el art. 45.1º.c) del Reglamento. Se analizan ciertas implicaciones de esta jurisprudencia y la conveniencia de una interpretación comedida del criterio que establece.