El recurso de apelación contra sentencias en el anteproyecto de ley de Enjuiciamiento Criminal
ISSN: 2695-9976
Argitalpen urtea: 2022
Zenbakia: 5
Orrialdeak: 161-188
Mota: Artikulua
Beste argitalpen batzuk: Revista de la asociación de profesores de derecho procesal de las universidades españolas
Laburpena
En este trabajo se analizan las novedades que introduce el ALECrim20 con relación al recurso de apelación contra sentencias. Y entre dichas novedades, dedicaremos una especial atención al análisis del distinto tratamiento que el Anteproyecto da a las partes en este recurso, según quién haya recurrido. En concreto, al condenado se le permite recurrir por cualquier motivo, incluido el error en la apreciación de la prueba, pudiendo introducir hechos nuevos, así como proponer pruebas en supuestos excepcionales similares a los previstos en nuestra vigente LECrim. En cambio, a las partes acusadoras no se les permite pedir la revisión de los hechos declarados probados en la sentencia recurrida, ni incorporar hechos nuevos en apelación. Tampoco pueden proponer pruebas, salvo cuando previamente lo hubiere hecho el condenado y, en estos casos, incluso podrán pedir la práctica de pruebas ya practicadas en la primera instancia.