Organización de la corte de Jaume III de Mallorca

  1. Puig Alorda, Cristina
Dirigida por:
  1. Carlos Fuente Lafuente Director/a

Universidad de defensa: Universidad Camilo José Cela

Fecha de defensa: 11 de septiembre de 2017

Tribunal:
  1. Francisco Javier Galán Gamero Presidente/a
  2. Gonzalo Velasco Arias Secretario/a
  3. Emilio Velasco Bartolomé Vocal
  4. María Cristina Cañamero Alvarado Vocal
  5. Noelia García Castillo Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 513607 DIALNET

Resumen

¿Cuál es el verdadero antecedente escrito del ceremonial en España? Muchos de los oficios que hoy conocemos en todas las Casas Reales, véase Mayordomo, Camarlengo, Canciller o Maestro Racional, entre otros, no son oficios de nueva creación, sino que ya estaban en algunas cortes del medievo. Pero, empecemos por el principio. Año 707 d.C, isla de Mallorca, gobernada por musulmanes, concretamente por el mismo califato del Norte de África, Califato Omeya, pasó a formar parte del emirato de Córdoba en al-Ándalus, llamaron a la ciudad de Palma de Mallorca, Madina Mayurqa. La isla se convirtió en refugio para piratas sarracenos y en punto de apoyo para los berberiscos que solían atacar a los barcos cristianos del Mediterráneo. Este asentamiento musulmán duró varios siglos, pues en 1208 se designó a Abu Yahya nuevo gobernador de la isla de Mallorca. Fue en el año 1229 cuando las tropas del Rey de Aragón decidieron entrar en Mallorca; concretamente el 31 de Diciembre cuando el rey Jaume I de Aragón toma la ciudad de Madina Mayurqa. Así es como nace el Reino de Mallorca. Este reino lo comprendía las islas de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera, además de El Rossellón, la Cerdaña, el señoría de Montpellier, Carladés, Auvernia y Omeladés. El rey Jaime I llevó a cabo varias modificaciones en su testamento, con lo que provocó un desmembramiento de la corona que ya era evidente. A su muerte, en 1276, la repartición de los territorios quedó de esta manera: - su hijo Pere heredó Aragón, Cataluña y Valencia - su hijo Jaume, el Reino de Mallorca, Menorca, Ibiza y el condado del Rossellón. En principio ningún escándalo y ninguna discordia tenía que surgir. Pero evidentemente no fue así. Los reyes de Mallorca darían y rendirían homenaje a los de Aragón siempre que fueran requeridos. El rey Jaume II reinó durante más de dos décadas y se esforzó en garantizar la viabilidad del reino, a pesar de sus tiranteces con el Reino de Aragón: impulsó una política de colonización agraria, creó núcleos rurales, impulsó una nueva moneda, etc. Pasaría a la historia como un continuador fiel, sin crear problemas a nadie, buscando la tranquilidad que parecía negarle un matrimonio desafortunado y una enfermedad incurable. Jaume II dejó heredero a su hijo Sancho, cuyo reinado se vio afectado por la falta de hijos; por lo que nombró heredero del Reino de Mallorca a su sobrino Jaume. Aunque el rey de Aragón insistía que, a falta de herederos directos, tenía que ceder la corona del Reino de Mallorca a favor del Reino de Aragón y de su rey. Jaime III de Mallorca llegó al reino con apenas 9 años, la situación era difícil, puesto que el rey de Aragón jamás llegó a renunciar a reclamar sus derechos sobre el Reino de Mallorca. Jaume III contrajo matrimonio con Constanza de Aragón, hija del rey de Aragón. Durante el tiempo que reinó su suegro, se mantuvo la paz y la tranquilidad en ambos reinos. Pero la situación cambió cuando subió al trono Pere Iv, el Ceremonioso, hermano de Constanza, pues empezó una dura etapa y con unas trágicas consecuencias. Dejando a parte la política seguida por el rey Jaume III, se refugió en el Palacio de la Almudaina en donde formó su propia Casa. Jaume III, amenazado de muerte por el rey de Aragón si no le entregaba el reino de Mallorca. Por todo ello, en el mes de Julio del año 1336, el rey Jaume III ordenó las Leyes Palatinas para el buen estado, régimen, ornamento y justicia de su real casa y para idoneidad de los ministros de la misma. Las Leyes Palatinas son terminadas el 9 de Julio de 1337 y son un conjunto de leyes y ordenanzas que escribió el propio monarca para la correcta organización y administración de su corte en el Palacio de la almudaina. Actualmente, el original se encuentra en la Biblioteca Royal de Bruselas. Estas leyes están divididas en cuatro partes, es decir, la administración de su corte estaba distribuida entre cuatro oficiales con sus propios subordinados: - mayordomo - camarlengo - canciller - maestro racional EN DEFINITIVA, LAS LEYES PALATINAS PRETENDEN REGULAR EL CEREMONIAL DE LA CORTE PARA EL ORDEN DE LA CASA COMÚN. Las Leyes Palatinas representaban un acto político, fortalecían la autoridad y el prestigio de la realeza mediante la organización y una administración más eficaz. El objetivo de éstas era defender mejor el estado mallorquín contra las divisiones internas y contra los peligros externos. En el año 1349, cuando Pere IV, mata a su cuñado, Jaume III en la batalla de Llucmajor, roba las Leyes Palatinas del rey mallorquín traduciéndolas posteriormente al catalán antiguo y divulgándolas a los reinos vecinos. Es entonces cuando publica las Ordinacions del rei Pere IV d’Aragó, como unas leyes de organización de palacio propias del rey de Aragón, las cuales son idénticas a las Leyes Palatinas de Jaime III, pero con el apartado de la coronación de la reina como añadido por el rey aragonés. Volvamos a la organización de palacio del rey Jaume III de Mallorca. Las Leyes Palatinas estaban formadas por cuatro oficios fundamentales, cuatro pilares: - mayordomo - camarlengo - canciller - maestro racional El mayordomo era la dirección superior de la casa del rey o del palacio; había 3 mayordomos y uno de ellos era noble, el cual tenía autoridad sobre los demás. Era el rango más elevado de la corte. Las funciones de los mayordomos eran probar los alimentos delante del rey, antes de que éste los probara, pues vivía amenazado por el rey de Aragón, además de probar la hostia de la misa y el agua, ponía la mesa, preparaba los alimentos reales, elegía los menús según los deseos del rey, lista de invitados con orden de precedencias, precedía al rey cuando éste iba a palacio, entre otras funciones. Bajo su autoridad tenía otros cuantos oficios: escuderos, botellero común, panadero real, portadores de agua, comprador, oficiales de la cocina real, argentero de la cocina real, cocineros comunes, rebostero, etc. Se distingue entre cocina para el rey y cocina para los domésticos reales. El camarlengo es el segundo de los grandes oficios de la corte y comprende lo que afecta a la persona y estancias reales. Hay tres camarlengos y uno de ellos era noble. Las funciones del camarlengo son: preguntar al rey que se quiere poner, se encarga de la protección del rey, prueban sus alimentos y acompañan al rey por todo. Los oficios que dependen de él son: barberos, médicos, cirujanos, viajeros de armas, sastre, cosedora, argentero, confitero, guardianes de las tiendas, barrendero, lavandera, frutero, barberos, camareros, etc. El canciller por su parte, tenía una personalidad poderosa pues era influyente en el estado y tenía autoridad para aconsejar al rey sobre la audiencia real y sobre la iglesia. El canciller es doctor en leyes y bajo su control están los siguientes oficios: vicencanciller, escribanos, confesor, auditores, promotores, confesor, sacerdotes, escolan, limosnero, jueces, notarios, notarios, etc. Y para terminar, el maestre racional o maestro de cuentas era quien manejaba los fondos reales, llevaba la administración financiera y verificaba las cuentas del tesorero. Dependen del maestro racional el escribano del tesoro, escribano de ración y los escribanos de los escribanos de ración. A modo de resumen, podemos observar que: - en la primera parte se tratan los oficios de la casa y se enumeran todos ellos - en la segunda parte apreciamos los oficios maestres y de cámara - en la tercera parte los eclesiásticos - y en la cuarta parte los económicos y escribanos Este mismo modelo era el utilizado en el reino de Aragón, así como lo regulaban las Ordinacions de Pere IV, además de tener influencias en el reino de Castilla, Navarra, Portugal, Francia y Borgoña, dónde muchos autores opinan que está el origen del protocolo tal y como lo conocemos actualmente. Estos reinos mantuvieron la misma organización de su casa que el rey Jaume III de Mallorca, siguieron la misma estructura, los mismos oficios, precedencias y jerarquía, de tal manera que ha llegado hasta nuestros tiempos y la estructura, en cierta medida, sigue igual. En la casa real española actual existen los mismos oficios: mayordomo, camarero del Rey, canciller y tesorero. Evidentemente cuentan con oficios de más alto rango, que están por encima de estos cuatro, sin embargo, me reitero, siguen contando con estos oficios del medievo. Por tanto, y teniendo en cuenta esta situación, es evidente que la organización de las Leyes Palatinas de Jaume III de Mallorca es el verdadero antecedente escrito de la organización de la casa real en España, es decir, del ceremonial.