El embargo ejecutivo en la extraordinaria cognitio (pignus in causa iudicati captum)

  1. Díaz-Bautista Cremades, Adolfo
Zuzendaria:
  1. Antonio Díaz Bautista Zuzendaria
  2. Juan Ramón Robles Reyes Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad de Murcia

Fecha de defensa: 2012(e)ko ekaina-(a)k 22

Epaimahaia:
  1. Armando José Torrent Ruiz Presidentea
  2. Consuelo Carrasco García Idazkaria
  3. Ricardo Panero Gutiérrez Kidea
  4. Mónica Galdana Pérez Morales Kidea
  5. Esteban Varela Mateos Kidea

Mota: Tesia

Laburpena

Pignus in causa iudicati captum es la expresión usada por la romanística moderna para referirse al medio de ejecución de condenas dinerarias utilizado en el sistema procesal de la extraordinaria cognitio. Su origen se encuentra en un rescripto del emperador Antonino Pío, si bien su relación con instituciones precedentes resulta dudosa. La institución es una trasposición del pignus convencional en la cual el juez se apodera de bienes del ejecutado para compelerle al cumplimiento o, en su caso, proceder a su pública venta y, con su producto, satisfacer al acreedor. Resulta así el antecedente directo del moderno embargo de bienes en ejecución de sentencia. Las fuentes plantean los problemas prácticos de la institución como son la competencia del órgano judicial, los requisitos necesarios para la ejecución, el orden de proceder en los embargos, y las cuestiones incidentales (tercerías), así como la denominada quiebra de la subasta y evicción del rematante.