Culpabilidad y Prevención:las teorías de la prevención general positiva en la fundamentación de la imputación subjetiva y de la pena

  1. Pérez Manzano, Mercedes
Dirigida por:
  1. Gonzalo Rodríguez Mourullo Director/a

Universidad de defensa: Universidad Autónoma de Madrid

Año de defensa: 1989

Tribunal:
  1. Enrique Gimbernat Ordeig Presidente
  2. Susana Huerta Tocildo Secretaria
  3. Miguel Bajo Fernández Vocal
  4. Santiago Mir Puig Vocal
  5. Enrique Bacigalupo Zapater Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

Bajo el titulo arriba reseñado, se aborda un tema controvertido del derecho penal, cuales son las relaciones entre culpabilidad y prevencion. El hilo conductor del trabajo es la prevencion general positiva en tanto que pretende no solo superar las criticas a la formulacion tradicional de la prevencion general, sino tambien matizar la antinomia culpabilidad-prevencion. El auge de la prevencion general positiva se enmarca en un proceso de crisis y renovacion del metodo y contenido de la fundamentacion del derecho penal que ha conducido, por un lado, a un modelo de integracion dogmatica-politica criminal en la estructura del delito y a un intento de acercamiento a la realidad social y al metodo empirico-social de las ciencias sociales y, por otro, a la reformulacion de la prevencion general como solucion a la cuestion del fin de la pena. La conformacion de la conciencia juridica colectiva, la fidelidad y la confianza en el derecho, la defensa del ordenamiento juridico y la pacificacion de la conciencia social normativa, son los efectos que dan contenido a la prevencion general positiva en sus distintas formulaciones. La idoneidad para fundamentar la imputacion subjetiva y la pena matizando la antinomia culpabilidad-prevencion es el objetivo de esta investigacion. El trabajo muestra las insuficiencias de las distintas versiones de la prevencion general positiva para cumplir las funciones que se le asignan y propone una construccion en la que la prevencion general positiva quedaria reducida a ser criterio complementario de la fundamentacion de la imputacion subjetiva y de la pena, siempre que no suponga una solucion mas gravosa para el reo que otras alternativas.