Las regiones ultraperiféricas en la Unión Europeaestudio específico de la comunidad autónoma canaria y de su ultraperificidad como hecho diferencial en el estado autonómico español
- GARCÍA-ANDRADE NARRO M. DOLORES
- Juan Fernando López Aguilar Director/a
Universidad de defensa: Universidad de Las Palmas de Gran Canaria
Fecha de defensa: 20 de septiembre de 2002
- Luis María López Guerra Presidente/a
- Juan Ramón Rodríguez-Drincourt Álvarez Secretario/a
- Alberto Pérez Calvo Vocal
- Pablo Pérez Tremps Vocal
- Diego López Garrido Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
Como consecuencia del proceso de construcción europea, las regiones y por ende también los Estados han ido perdiendo competencias, las cuales se han ido transfiriendo a las instituciones y órganos comunitarios. En virtud de los Tratados constitutivos, del Acta Única Europea y, con mayor intensidad si cabe, tras la aprobación del Tratado de la Unión Europea y el Tratado de Amsterdam se ha ido acelerando este proceso. La consecuencia de esta erosión competencial ha dado lugar, de una parte, a sucesivas propuestas y medidas planteadas por las regiones dirigidas a estructurar sus relaciones con la nueva organización supranancional con el fin de poder tomar parte en el proceso decisorio; y, de otra parte, a la participación en los sistemas existentes en el interior de los Estados, encargados de elaborar la posición nacional ante la Unión Europea. Y si esto sucede con las regiones continentales europea o insulares cercanas al continente europeo, la situación se agrava cuando se trata de las llamadas Regiones Ultraperiféricas, territorios ultramarinos que cuentan con unas características geográficas muy especiales respecto al resto del espacio comunitario y que supone desventajas comparativas para su crecimiento. Es por tano, que para el aprovechamiento y la compensación de su particular potencial de desarrollo endógeno, la Unión Europea les ha reconocido un tratamiento diferenciado, mediante una especial regulación jurídica y económica al objeto de asegurar su integración en el Derecho europeo y dotarlo de permanencia con el artículo 299.2 del Tratado de Amsterdam. Y una de esas siete Regiones Ultraperiféricas es Canarias con unas características fiscales, jurídicas y económicas que reconocen esta singularidad dentro del ordenamiento interno del Estado Autonómico, dando respuestas a sus problemas específicos. Pero esta especificidad jurídico-fiscal también ha sido reconocida en el Derecho originario generando el conj