La cesión de contrato en derecho internacional privado

  1. FORNER DELAYGUA, JOAQUIN JUAN

Defence university: Universitat de Barcelona

Year of defence: 1987

Committee:
  1. Julio D. González Campos Chair
  2. Nuria Bouza Vidal Secretary
  3. José María Espinar Vicente Committee member
  4. José Carlos Fernández Rozas Committee member
  5. Encarna Roca Trias Committee member

Type: Thesis

Teseo: 14306 DIALNET

Abstract

EN EL TRABAJO SE ABORDA LA FIGURA DE LA CESION DE CONTRATO PARA TRATAR DE SUS ASPECTOS INTERNACIONALES PRIVATISTICOS Y, MAS EN CONCRETO, LOS RELATIVOS A LEY APLICABLE.SE ENCUENTRA DIVIDIDO EN TRES CAPITULOS, A LOS QUE SIGUEN UNAS CONCLUSIONES. EN EL PRIMER CAPITULO O INTRODUCCION SE TRAZA UNA PANORAMICA DE LA CESION DE CONTRATO EN EL AMBITO DEL COMERCIO INTERNACIONAL PARA SEÑALAR SUS MANIFESTACIONES; ADEMAS, SE PROPONE EL PLAN A SEGUIR EN EL ANALISIS DE LA FIGURA A LO LARGO DEL TRABAJO: ESTUDIO DE LA FIGURA DE LA CESION DE CONTRATO EN DERECHO CIVIL Y ESTUDIO DE LOS ASPECTOS DE LA LEY APLICABLE, CUESTION CLASICA DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO. EN EL CAPITULO SEGUNDO SE TRATAN LOS ASPECTOS DE DERECHO CIVIL: LA CESION DE CONTRATO SE CONFIGURA COMO EL NEGOCIO JURIDICO O CONTRATO ENTRE CEDENTE Y CESIONARIO POR EL CUAL EL SEGUNDO TIENDE A PASAR A OCUPAR LA POSICION DEL PRIMERO DE UN CONTRATO CELEBRADO ENTRE ESTE Y UN TERCERO, QUE ES EL CEDIDO. SE ESTUDIAN LOS ELEMENTOS DE ESTE CONTRATO, CON ESPECIAL ATENCION A LAS RELACIONES QUE EXISTEN ENTRE LOS TRES SUJETOS IMPLICADOS Y A LA POSICION DEL CEDIDO, QUE NO ES PARTE EN LA CESION. EN EL CAPITULO TERCERO, EL EXAMEN SOBRE LEY APLICABLE SE APOYA EN EL DESMENUZAMIENTO DE ELEMENTOS Y RELACIONES REALIZADOS EN EL CAPITULO SEGUNDO, Y SE EFECTUA EN CONSIDERACION A LAS CONEXIONES CON DISTINTOS ORDENAMIENTOS EN QUE EL CONTRATO DE CESIO O EL CONTRATO CEDIDO PRESENTAN UN ELEMENTO DE EXTRANJERIA. LOS EXTREMOS ESTUDIADOS SE CENTRAN ALREDEDOR DE LA DELIMITACION DE AMBITO DE LA LEY DEL NEGOCIO DE CESION Y DE LA DETERMINACION DE ESTA LEY, POR UNA PARTE; POR OTRA PARTE, ALREDEDOR DE LA DETERMINACION DE LAS CUESTIONES QUE QUEDAN BAJO LA LEY DEL CONTRATO CEDIDO, INCLUYENDO LA ARTICULACION ENTRE AMBOS GRUPOS DE CUESTIONES.