Responsabilidad extracontractual de la administraciónrelación de causalidad e imputación del daño

  1. GONZALEZ RAMOS, CESAR
Zuzendaria:
  1. Luciano José Parejo Alfonso Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad Carlos III de Madrid

Fecha de defensa: 2000(e)ko ekaina-(a)k 08

Epaimahaia:
  1. Tomás de la Quadra-Salcedo Fernández del Castillo Presidentea
  2. Juan María Pemán Gavín Idazkaria
  3. Fernando Sainz Moreno Kidea
  4. Jesús Leguina Villa Kidea
  5. Manuel Rebollo Puig Kidea

Mota: Tesia

Teseo: 80064 DIALNET

Laburpena

Se analiza la institución de responsabilidad así como su riqueza tipológica y en su genérico ámbito de aplicación. Se define como aquel por el que se impone a un sujeto la obligación de reparar el daño causado sin que esta obligación derive de la existencia de una relación jurídica obligacional previa que pueda existir entre el agente causal y la victima del daño. Se hace un repaso histórico en el que se delinea la responsabilidad extracontractual de la Administración por el Derecho Publico Español del s. XIX; la validez de la culpa como criterio de imputación de daños a la organización impersonal administrativa y una referencia comparativa al Derecho Publico Frances. Tambien se analizan los elementos arquetípicos del articulo 121 LEF, fundamentalmente entorno al concepto de "la lesión juridica" para estudiar a continuación la relación de causalidad.