Informe del Comité Científico de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) en relación a la evaluación del riesgo de la ingesta inadecuada de minerales (metales) antioxidantes en complementos alimenticios que puede dar lugar a efectos prooxidantes: cobre, manganeso, selenio y zinc

  1. Magdalena Rafecas Martínez
  2. Irene Bretón Lesmes
  3. Araceli Díaz Perales
  4. Ángel Gil Izquierdo
  5. María del Puy Portillo Baquedano
  6. Ana María Rivas Velasco
Revista:
Revista del Comité Científico de la AESAN

ISSN: 1885-6586

Año de publicación: 2022

Número: 36

Páginas: 85-111

Tipo: Artículo

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Resumen

El término antioxidante se refiere, de forma general, a la propiedad de algunas sustancias de prevenir el daño oxidativo. El estrés oxidativo es uno de los mecanismos etiopatogénicos de un elevado número de patologías que presentan una alta prevalencia en nuestra sociedad y numerosos estudios se han encaminado en los últimos años a demostrar las propiedades beneficiosas de la ingesta de compuestos potencialmente antioxidantes, promoviendo y alentando el consumo de estas sustancias. Por ello, tanto el interés de los consumidores hacia la ingesta de sustancias con propiedades antioxidantes como la oferta de alimentos y complementos alimenticios que poseen pretendidos efectos antioxidantes se han visto incrementados notablemente. Por otro lado, algunas sustancias antioxidantes han mostrado comportamientos contradictorios ya que, en determinadas dosis o condiciones, pueden resultar prooxidantes. Los metales divalentes cobre, manganeso, selenio y zinc han demostrado contribuir a la protección de las células frente al daño oxidativo actuando como cofactores de sistemas enzimáticos antioxidantes. Estos minerales cuentan con la aprobación de declaraciones de propiedades saludables relacionadas con la protección de las células frente al daño oxidativo en el marco reglamentario europeo. La suplementación de cobre, manganeso, selenio y zinc a través de alimentos enriquecidos y complementos alimenticios en la población adulta sana resulta ser segura en las condiciones establecidas por la normativa europea. Por otra parte, la bibliografía científica sugiere que estos metales, en determinadas dosis o condiciones, podrían tener efectos prooxidantes. Se recomienda la realización de estudios con una adecuada metodología para evaluar en profundidad estos efectos y bajo qué condiciones se producen, así como los efectos adversos que pudieran derivarse de los mismos. Además, en el caso de mujeres embarazadas o lactantes, niños, ancianos y personas con determinadas patologías, solo deben consumirse complementos tras haberlo consultado con un profesional sanitario, ya que hay poca información sobre la seguridad de muchas sustancias en estas etapas y, a veces, pueden tener interacciones con medicamentos. En ningún caso deben sustituir al uso de medicamentos sin una supervisión médica adecuada. Las cantidades máximas de minerales que se podrían usar en los complementos alimenticios por dosis diaria de consumo recomendada por el fabricante, así como la que se podrían añadir a los alimentos, se deberían establecer teniendo en cuenta los niveles máximos de seguridad de vitaminas y minerales y la ingesta de vitaminas y minerales a partir de otras fuentes de alimentación, tal y como ya prevé la Directiva 2002/46/CE sobre complementos alimenticios y el Reglamento (CE) Nº 1925/2006, sobre la adición de vitaminas, minerales y otras sustancias determinadas a los alimentos.