La presunción de inocencia, el delito de falsedad y el derecho a la buena fama en el Derecho Penal Canónico. Análisis comparado con el Derecho Penal Español

  1. MARTÍN RODRÍGUEZ, PEDRO
Dirigida por:
  1. Miguel Rodríguez Blanco Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Alcalá

Fecha de defensa: 11 de julio de 2022

Tribunal:
  1. María José Roca Fernández Presidenta
  2. Isabel Cano Ruiz Secretario/a
  3. Francisco José Campos Martínez Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

La tesis lleva a cabo un estudio del reconocimiento y tutela de los derechos a la presunción de inocencia y a la buena fama en el Derecho canónico. La comisión de hechos punibles que hieren sensiblemente la convivencia social, tiene una notoriedad destacada en los medios de comunicación. Un manejo inadecuado de estas informaciones puede quebrantar gravemente los derechos mencionados. En esta investigación se realiza una revisión histórica, doctrinal y jurisprudencial de la vigencia de la presunción de inocencia y la buena fama. En particular, se estudia cómo quedan afectados estos derechos cuando la acusación, sea canónica o penal civil, recae en la figura de un religioso, sacerdote o cualquier otro fiel, máxime si son titulares de un oficio eclesiástico. El estudio se centra en el Derecho canónico, pero tiene también en cuenta el Derecho español. Por ello, para realizar la investigación se recurre a la doctrina especializada en Derecho penal, Historia del Derecho, Derecho canónico y eclesiástico; se revisa la legislación estatal española y los textos del Derecho canónico, así como los tratados internacionales sobre derechos humanos de especial relevancia; por último, se estudia la jurisprudencia nacional e internacional relativa a los derechos a la presunción de inocencia, al honor y a la buena fama. Las conclusiones alcanzadas refuerzan la idea de que la confianza en el Derecho debe permanecer intacta. Los cuestionamientos de la opinión pública quedan relegados a un segundo plano a través de la correcta aplicación del Derecho y de una justicia ajustada a los parámetros democráticos y a los valores superiores del ordenamiento jurídico. La potestad de condenar y absolver a cualquier persona por haber cometido un delito es exclusiva del Estado, y éste sólo puede dictar una sentencia legítima cuando la decisión ha respetado escrupulosamente todas las garantías procesales y los derechos fundamentales.