La dignidad de la mujer como argumento jurídico relevante en la Sentencia del Tribunal Supremo español 277 /2022, de 31 de marzo de 2022

  1. María Luisa Marín Castán
Revista:
Revista de bioética y derecho: publicación del Máster en bioética y derecho

ISSN: 1886-5887

Año de publicación: 2023

Número: 57

Páginas: 309-334

Tipo: Artículo

DOI: 10.1344/RBD2023.57.41758 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openAcceso abierto editor

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Resumen

Este comentario se centra en analizar uno de los aspectos relevantes de la reciente sentencia dictada por el Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo español, el 31 de marzo de 2022. La decisión jurisdiccional, aunque tiene por objeto la determinación de la filiación, se pronuncia sobre la polémica cuestión que se sitúa claramente en el ámbito de la Bioética y que está siendo, ya desde hace algún tiempo, objeto de un intenso debate social, político y jurídico, cual es la maternidad subrogada y su incidencia en la dignidad de la mujer, como cualidad intrínseca inherente a sus derechos más básicos y fundamentales. En este supuesto, el Tribunal Supremo, de manera rotunda, considera que se produce una vulneración flagrante de la dignidad de la mujer gestante y de sus derechos inviolables. Tras examinar el significado del principio esencial de la dignidad humana, se concluye que dicha cualidad es innegociable e inalienable y, por tanto, no es susceptible de resignificación que la menoscabe o menosprecie en ningún caso, en ninguna otra cultura ni en ningún otro contexto.