La posición jurídica de la Administración y del obligado tributario ante el descubrimiento de hechos fiscales con relevancia penal

  1. MORENO CORTE, MARTA
Dirigida por:
  1. Miguel Ángel Martínez Lago Director
  2. Gabriel Casado Ollero Director

Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 01 de abril de 2022

Tribunal:
  1. Ricardo Alonso García Presidente
  2. Bernardo David Olivares Olivares Secretario
  3. María Luisa González-Cuéllar Serrano Vocal
  4. Pierre Legrand Vocal
  5. Miguel Ángel Collado Yurrita Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

Cuando la Administración tributaria aprecie indicios de delito en el seno de las actuaciones inspectoras, generalmente, deberá continuar con el procedimiento para practicar una liquidación de los elementos vinculados al mismo y elaborar un informe que fundamente la potencial criminalidad de los hechos, dando traslado de todo ello al juez o al Ministerio Fiscal. Siendo así, la naturaleza de las actuaciones desarrolladas por los órganos de inspección se transforma porque su finalidad ya no es la regularización de la situación tributaria, sino la corroboración de los indicios justificativos de la posible existencia de un delito. Sin embargo, la posición jurídica del obligado tributario permanece inalterable estando obligado a colaborar con la Administración, sin tener reconocidas ninguna de las garantías del ius puniendi. Este tránsito del procedimiento inspector al proceso penal ha sido denominado por la doctrina científica y judicial, descriptivamente, como fase preprocesal. El debate se ha centrado en determinar cuándo se pueden entender concurrentes suficientes indicios de delito como para dar por finalizada la fase preprocesal y trasladar el tanto de culpa a la jurisdicción penal con el fin de no demorar indebidamente la activación de los derechos y garantías del obligado tributario. Sin embargo, lo primordial no recae tanto en buscar un suficiente umbral de indicios que obligue a remitir lo actuado a la vía penal, como en concretar cuándo se puede entender que las actuaciones inspectoras han mutado de naturaleza (de inspección tributaria a investigación materialmente penal) y el obligado tributario ha visto modificada su condición en el procedimiento (de inspeccionado tributario a sospechoso de un delito). Por ello, lo fundamental es analizar el concepto de indicios y los efectos asociados a sus diferentes umbrales: de un lado, los indicios racionales de delito que, por estar suficientemente fundados, obligan a trasladar lo actuado a la jurisdicción penal; de otro, la sospecha inicial, en la que asoma un indicio que, aunque sea inicial, tiene ya la virtualidad de provocar la transformación de la naturaleza de las actuaciones y de la condición del obligado tributario. En consecuencia, nuestro análisis se circunscribe a ese estadio procedimental y temporal previo, el del inicio de la fase preprocesal. El objetivo principal es reflejar cómo, a partir de esa sospecha inicial, el estatus jurídico de la Administración y del obligado tributario se transforma: el de la primera, porque sus actuaciones pasan de ser meramente de policía fiscal para convertirse en actuaciones propias de la policía judicial; y el de los segundos, porque dejan de ser meros obligados tributarios para asumir la posición de sospechosos de un delito. Para la consecución de tal fin, y en contraste con las previsiones de los derechos alemán, belga, francés, italiano, neerlandés y portugués, este trabajo parte de la posición general de la Administración y de los obligados tributarios en el seno de las actuaciones inspectoras; concreta el alcance del concepto jurídico indeterminado de indicio (que oscila entre la sospecha inicial y los indicios racionales de delito); analiza la mutación de la naturaleza de las actuaciones inspectoras desde que se detecta esa sospecha inicial de delito; estudia la transformación de la condición del obligado tributario de inspeccionado a sospechoso del delito; acota la repercusión de la aparición de indicios en el procedimiento sancionador; y precisa las consecuencias del traslado de los indicios racionales de delito a la vía penal. El resultado alcanzado con la investigación evidencia la necesidad de establecer un marco legislativo que mantenga un adecuado equilibrio entre la defensa del deber constitucional de contribuir y la protección de los derechos fundamentales. Para atender a esa necesidad, el trabajo concluye con unas propuestas de lege ferenda.