Ingresos involuntarios civilessalvaguardias ante el nuevo paradigma en materia de discapacidad

  1. Sánchez Gómez, Amelia

Editorial: Reus

ISBN: 978-84-290-2616-0

Ano de publicación: 2022

Tipo: Libro

Resumo

La salud mental conforma un pilar fundamental en el bienestar de las personas, las sociedades y naciones por lo que, en su dimensión negativa, la falta de ella obliga a dotar los recursos necesarios para su protección y cuidado otorgándole la misma importancia que a la salud física. La pandemia por COVID-19 ha provocado un aumento exponencial de la hospitalización en los centros psiquiátricos por problemas graves de salud mental. Este horizonte ha evidenciado la urgencia en atenderla adecuadamente, pues es previsible que las consecuencias de dicha pandemia nos acompañen en los próximos años. Dentro de este contexto, los ingresos involuntarios civiles han recobrado un interés indudable en la actualidad y no solo por lo expuesto anteriormente. Han suscitado desde antiguo una problemática jurídica de la que hacemos un breve repaso, que se ha puesto de manifiesto con más intensidad, si cabe, desde la reforma acometida en nuestro ordenamiento con la Ley 8/2021, de 2 de junio en materia de discapacidad y la implantación del nuevo modelo de apoyos que ha dejado intacto el artículo 763 LEC. Pese a las voces que propugnan la eliminación de esta medida por ser contraria a la privación de la libertad personal, proponemos argumentos para considerarla una necesaria y excepcional forma de protección de las personas con discapacidad intelectual, enfermedad mental o trastorno degenerativo asociado a su edad, entre otros supuestos, siempre que no estén en condiciones de decidirlo por sí. Desde este planteamiento, este trabajo procura buscar un equilibrio entre el derecho a la libertad personal y los ingresos involuntarios civiles ante el nuevo paradigma de los derechos humanos en materia de discapacidad, con un riguroso estudio del referido artículo desde el punto de vista doctrinal y jurisprudencial. Ello ha permitido determinar los aspectos que deben ser objeto de revisión por el legislador para realizar los “ajustes razonables” desde el punto de vista sustantivo y procesal, poniendo el acento en el aspecto relativo a las garantías jurídicas, pues es ahí donde el Derecho está llamado a dar respuestas adecuadas. Es deseable avanzar hacia la salvaguardia efectiva de los derechos fundamentales de las personas que puedan necesitar esta medida de protección, así como sentar las bases de una propuesta de regulación en el futuro y los principios que deben inspirarla, extremos, todos ellos, que también merecen nuestra atención en este trabajo.