La Cámara de Castilla y la magistratura borbónica castellana (1700-1834)

  1. GONZALEZ FUERTES, MANUEL AMADOR
Dirigida por:
  1. María Victoria López-Cordón Cortezo Directora

Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 23 de mayo de 2022

Tribunal:
  1. Fernando Bouza Presidente
  2. Raquel Esther Sánchez Garcia Secretario/a
  3. Inmaculada Arias de Saavedra Alías Vocal
  4. María Ángeles Pérez Samper Vocal
  5. Francisco Andújar Castillo Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

Tras una búsqueda documental en numerosos archivos, aunque centrada en el fondo del Archivo Histórico Nacional de la documentación generada por la Cámara de Castilla a través de sus secretarías de Gracia y Estado, y de Justicia y, desde 1717, de la unificada Secretaria de Gracia, Justicia y Estado de Castilla, el estudio profundiza en la participación de la propia Cámara en la designación de la alta magistratura en el ámbito del sistema polisinodial y de los tribunales territoriales pertenecientes a la Corona de Castilla en el ámbito peninsular y las Islas Canarias. Partiendo del hecho de que las decisiones sobre designaciones de magistrados corrían a cargo del monarca y que éste no las justificaba, el incremento de competencias e importancia de las secretarías del despacho a lo largo del siglo XVIII, también indudable, ha traído como consecuencia la conclusión de una paulatina pérdida de importancia de los respectivos consejos, salvo en el caso del Consejo de Castilla, frente a las pujantes secretarias del despacho. En lo referente a la Cámara de Castilla, la escasez de estudios la ha dejado en el limbo de lo desconocido. Los estudios sobre la magistratura borbónica se limitan a describir el procedimiento administrativo pero se decantan a conceder a la Secretaría del despacho de Gracia y Justicia el papel más importante en la capacidad de influencia sobre el monarca para realizar los nombramientos. Por ello, tras el correspondiente capítulo introductorio sobre metodología, fuentes y plan de la exposición, el segundo capítulo del trabajo -¿La Cámara de Castilla y «los negocios que fueren de justicia»¿- describe el trámite administrativo a seguir en el nombramiento de un magistrado y los cambios introducidos a lo largo del gobierno de los Borbones. El tercer capítulo -¿La Cámara de Castilla y los tribunales borbónicos castellanos¿- analiza la participación de la Cámara en la designación de los magistrados ¿incluyendo también otras gracias vinculadas a cada tribunal como concesiones de los honores o la antigüedad del tribunal, derechos sobre futuras incorporaciones o la posibilidad de ejercer la ausencias y enfermedades de los titulares¿ en los veinticuatro tribunales en los que tuvo competencia: Consejo de Castilla, Consejo de las Órdenes Militares, Consejo de Navarra, Alcaldía de la Corte Mayor de Navarra, Chancillería de Valladolid, Chancillería de Granada, Audiencia de Sevilla, Audiencia de Galicia, Audiencia de Canarias, Consejo de Indias, Sala de alcaldes de Casa y Corte, Junta de Obras y Bosques, Cámara de Comptos de Navarra, Consejo de Hacienda, Consejo de Guerra, Junta de Aposento, Audiencia de Asturias, Tribunal de la Nunciatura Apostólica de Madrid, Audiencia de Extremadura, Agencia fiscal de la Cámara de Castilla, Audiencia de Burgos, Audiencia de Albacete y Audiencia de Madrid. En cada uno de los dieciséis apartados en los que se divide este capítulo se traza, en primer lugar, un panorama historiográfico sobre el tribunal a analizar, se describen las vicisitudes y cambios en las competencias sobre consultas de plazas por parte de la Cámara de Castilla a lo largo del período y, finalmente, se analiza nombramiento a nombramiento la posibilidad de influencia de la Cámara sobre la decisión regia. El cuarto capítulo -¿Competencias, prácticas, nombramientos. Una visión general de la participación de la Cámara de Castilla en la designación de la magistratura borbónica castellana¿- traza un resumen general en tres niveles: el competencial en relación con los cambios normativos introducidos a lo largo del periodo borbónico en la capacidad de consultar de la Cámara de Castilla, el procedimental sobre la usos y prácticas aceptados como válidos y sus significativos cambios y, por último, el derivado del conjunto de designaciones realizadas en la práctica. Por último, un apartado dedicado a las conclusiones a las que se han llegado tras el estudio cerrará el trabajo.