Banco Popularde nuevo sobre la necesidad de que la resolución bancaria respete los derechos del inversor a la tutela judicial efectiva y de propiedad

  1. José Luis Colino Mediavilla
Revista:
Diario La Ley

ISSN: 1989-6913

Año de publicación: 2023

Número: 10276

Tipo: Artículo

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Resumen

Unos meses después de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 5 de mayo de 2022 (asunto C-410/20), el Tribunal Supremo de España, dudando sobre si la interpretación sostenida en ella es aplicable a otros supuestos distintos, ha planteado tres nuevas cuestiones prejudiciales sobre la relación entre la protección del inversor en el mercado de valores y la resolución bancaria (Autos del Tribunal Supremo de España, Pleno de la Sala de lo Civil, de 15 de diciembre de 2022, asuntos C-775/22, C-779/22 y C-794/22). Se vuelve sobre la compatibilidad entre la resolución bancaria y las pretensiones de nulidad del contrato de adquisición de instrumentos financieros o de resarcimiento de daños con fundamento en el incumplimiento de las obligaciones de información en el mercado de valores. La importancia de esta problemática es indudable a la vista de los muy numerosos litigios existentes y las diversas soluciones judiciales a los mismos, lo que debería tenerse en cuenta al valorar si la resolución de Banco Popular ha sido tan modélica y exitosa como a veces se dice.