Análisis y valoración del convenio entre la DGC y el COIGT en materia de gestión catastral

  1. J. García Benito 1
  2. J.C. Ojeda Manrique 2
  1. 1 Colegio Oficial de Ingeniería Geomática y Topográfica, Madrid
  2. 2 Dirección General del Catastro, Madrid
Revista:
Topografía y cartografía: Revista del Ilustre Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Topografía

ISSN: 0212-9280

Año de publicación: 2022

Título del ejemplar: XII Congreso Internacional de Geomática y Ciencias de la Tierra 2022.

Número: 179

Páginas: 381-388

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Topografía y cartografía: Revista del Ilustre Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Topografía

Resumen

El procedimiento de subsanación de discrepancias catastrales se regula en el artículo 18.1 del Texto Refundido de la Ley del Catastro. Sobre esta base, el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Topografía y la Dirección General del Catastro han suscrito un convenio de colaboración mediante el cual, a través de la estandarización de procesos y las garantías de un trabajo profesional, se facilita la tramitación de la subsanación catastral, acortando los plazos de resolución. Se presentan en este artículo los primeros análisis sobre el número y tipo de expedientes, Gerencias en las que se presentan, y tiempos de resolución.