La litigación civil por daños al medio ambiente. ¿son los derechos de la naturaleza una alternativa razonable?

  1. GUILLERMO SCHUMANN BARRAGÁN 1
  1. 1 Universidad Complutense de Madrid
    info

    Universidad Complutense de Madrid

    Madrid, España

    ROR 02p0gd045

Revista:
Revista de la asociación de profesores de derecho procesal de las universidades españolas

ISSN: 2695-9976

Año de publicación: 2023

Número: 8

Páginas: 185-216

Tipo: Artículo

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Resumen

El 3 de octubre del 2022 se publicó en el BOE la Ley 19/2022 que reconoce la personalidad jurídica de la laguna del Mar Menor y su cuenca. La ley atribuye personalidad jurídica a la laguna (art. 1 Ley 19/2022) y le reconoce determinados derechos: el derecho a existir, a la protección, a la conservación y a la restauración (art. 2 Ley 19/2022). La atribución de personalidad jurídica a elementos de la naturaleza no es algo nuevo en el panorama internacional. Esta realidad, prácticamente desconocida en los ordenamientos europeos, se enmarca en la corriente de los denominados derechos de la naturaleza. Este trabajo tiene como finalidad analizar la litigación civil por daños al medio ambiente y, en específico, si los denominados derechos de la naturaleza son de lege ferenda una alternativa viable para encauzarla. Para ello se examinará (i) la participación que de lege lata tiene la sociedad civil en la protección del medio ambiente a través del public enforcement atribuido a la administración pública; (ii) las acciones civiles por daños medioambientales; y (iii) si los derechos de la naturaleza son una opción técnicamente adecuada para potenciar la reparación de los daños medioambientales en la justicia civil.