El concepto de apreciatividad en el derecho administrativo (analogías y diferencias con la discrecionalidad administrativa)

  1. SADDY, ANDRE
Dirigida por:
  1. Fernando González Botija Director
  2. Alberto Ruiz Ojeda Director/a
  3. Juan Ignacio Grande Aranda Director/a

Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 13 de diciembre de 2011

Tribunal:
  1. Fernando Sainz Moreno Presidente
  2. José Eugenio Soriano García Secretario
  3. Diogo Leite de Campos Vocal
  4. Blanca Lozano Cutanda Vocal
  5. Alejandro José Huergo Lora Vocal
Departamento:
  1. Derecho Administrativo

Tipo: Tesis

Teseo: 113877 DIALNET

Resumen

El trabajo denominado "El concepto de apreciatividad en el derecho administrativo (analogías y diferencias con la discrecionalidad administrativa)" busca demostrar la existencia de cuatro y no apenas tres formas de subjetividad o autonomía pública. A demás de la libertad de conformación o configuración, la discrecionalidad administrativa en sentido técnico-jurídico, el margen de libre apreciación de los conceptos jurídicos indeterminados existe, también, lo que se llama de apreciatividad administrativa. El trabajo expresa que la teoría de los distintos márgenes de libertad/autonomía/volición administrativa no abordaba de manera correcta la existencia de todas conductas administrativas, es decir, deja de tratar la subjetividad o autonomía pública administrativa habilitada por fuentes no voluntarias del Derecho, derivada del contenido del Derecho, de los defectos del sistema jurídico y del ejercicio de la función, reportándose normalmente a acciones no deónticas, realizada por agentes públicos que actúan en contacto directo con el ciudadano con algún carácter de inmediatez o urgencia y que son realizadas de manera rutinaria, regular y cotidiana. La propuesta, por lo tanto, es teorizar la apreciatividad administrativa. Es por medio de ese nuevo nomeniuris que se pretende estudiar el alcance, sentido y límites de la clásica discrecionalidad demostrando las analogías y diferencias de esa con ese nuevo instituto. Para tanto, se visualiza inicialmente las fases evolutivas y cronológicamente distintas de la subjetividad/autonomía pública en la toma de decisiones haciéndose una incursión histórica sobre la materia. Después se cuestiona qué es la discrecionalidad administrativa y el margen de libre apreciación de los conceptos, se pasa a estudiar la apreciatividad como libertad de actuación que opera como si se tratase de una elección/decisión, de un verdadero proceso volitivo. A lo largo del desarrollo de la explicación de cada una de las analogías, diferencias y características entre la apreciatividad y la discrecinalidad se define el nuevo instituto apreciatividad administrativa. Enseguida se hace el análisis de los más diversos límites existentes para las subjetividades o autonomías públicas y termina el trabajo con u na explicación sobre las distintas técnicas de contención y mecanismos existentes para el control de ellas.