Informe del Comité Científico de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) sobre la seguridad del consumo de harina de almortas

  1. María José Ruiz Lea
  2. Montaña Cámara Hurtado
  3. Rosa María Giner Pons
  4. Ángeles Jos Gallego
  5. Pau Talens Oliag
Revista:
Revista del Comité Científico de la AESAN

ISSN: 1885-6586

Any de publicació: 2018

Número: 27

Pàgines: 61-78

Tipus: Article

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Resum

La almorta (Lathyrus sativus) es una legumbre utilizada como tal o en forma de harina en diferentes países tanto para consumo humano, como para alimentación animal. Pese al arraigo del consumo de su harina en algunas zonas para la preparación del plato tradicional de las gachas, su utilización para consumo humano está prohibida actualmente en España. El Comité Científico ha realizado una revisión del estado de esta cuestión desde el punto de vista de la seguridad del consumo de la harina de almortas, especialmente en lo referido a su ingesta en forma de gachas. Los estudios toxicológicos en animales aportan una información limitada respecto a los niveles de ingesta y no permiten determinar valores de ingesta tolerable del aminoácido β-N-oxalil-L-α, β-diamino-propiónico (beta-ODAP) presente en las almortas. Hay diferencias en la metabolización del beta-ODAP entre los animales y los humanos que dificultan la estimación de los niveles de consumo de harina de almortas que resultan seguros. Los casos de neurolatirismo se han producido en el marco de un consumo elevado y prolongado de almortas, en el que representaban la base de la alimentación. En ausencia de esas condiciones, no se desarrolla esta enfermedad. El Comité Científico de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) concluye que, de acuerdo con la información disponible en este momento, el riesgo para la salud de la población general del consumo de harina de almortas puede considerarse despreciable (excluidas las personas con dificultades metabólicas para destoxicar el beta-ODAP) en las condiciones habituales de consumo de esta harina en forma de gachas por la población española. Se considerará una ingesta esporádica de raciones de harina, cuando ésta no supere el límite de 25 g de harina de almortas/ración diaria, con contenido del aminoácido beta-ODAP reducido, no superior a un 1 % de beta-ODAP, y en el marco de una dieta variada que incluya aminoácidos azufrados presentes en alimentos de origen animal como la carne, el pescado, los huevos y los productos lácteos, y de origen vegetal como los cereales integrales (especialmente avena) y frutos secos.