La relación laboral de los trabajadores puestos a disposiciónaspectos individuales y colectivos

  1. López Balaguer, Mercedes
Dirixida por:
  1. Tomás Sala Franco Director

Universidade de defensa: Universitat de València

Ano de defensa: 1999

Tribunal:
  1. Fernando Valdés Dal-Ré Presidente
  2. Luis Miguel Camps Ruiz Secretario/a
  3. Abdón Pedrajas Moreno Vogal
  4. Ricardo Escudero Rodríguez Vogal
  5. Ignacio García-Perrote Escartín Vogal

Tipo: Tese

Resumo

Con la Ley 14/1994, de 1 de junio, se regula en España la denominada relación triangular, es decir, la de los trabajadores contratados por la empresa de trabajo temporal para ser puestos a disposición de la empresa usuaria. Esta peculiar relación laboral resulta de especial interés para el Derecho de Trabajo español porque rompe los tradicionales esquemas de la relación laboral bilateral. El objeto de estudio del Trabajo es el análisis crítico de la singular relación a tres bandas desde la regulación española. Esta no tiene en cuenta generalmente las peculiaridades de la relación a tres bandas. Desde esta premisa, se ha pretendido demostrar que el planteamiento que debió seguirse era el planteamiento triangular adecuado a la realidad de la relación laboral que se regula. Un criterio distinto al planteamiento a dos bandas que sólo puede aplicarse cuando la materia que se trata no supera el ámbito de la relación empresario-trabajador, ésto es, el ámbito de la relación ETT-trabajador puesto a disposición.