Competencia judicial en materia de responsabilidad parental y residencia habitual del menor(los criterios interpretativos del interés superior del menor, y, el criterio de proximidad)
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Universidad Complutense de Madrid
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ISSN: 0210-0444
Año de publicación: 2020
Año: 96
Número: 782
Páginas: 3807-3822
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Revista Crítica de Derecho Inmobiliario
Resumen
Los órganos jurisdiccionales de un Estado serán competentes en materia de responsabilidad parental respecto de un menor que resida habitualmente en dicho Estado en el momento en que se presenta el asunto ante el órgano jurisdiccional. Como "excepción", el Estado de la anterior residencia habitual del menor mantendrá la competencia durante los tres meses siguientes al cambio de residencia, si el titular del derecho de visita con arreglo a una resolución judicial continúa residiendo habitualmente en el Estado de la anterior residencia habitual del menor