La autocuratela como medida voluntaria de apoyo tras la reforma operada por la Ley 8/2021, de 2 de junio

  1. Ana Isabel Berrocal Lanzarot 1
  1. 1 Universidad Complutense de Madrid
    info

    Universidad Complutense de Madrid

    Madrid, España

    ROR 02p0gd045

Revista:
Actualidad civil
  1. O'Callaghan Muñoz, Xavier (dir.)

ISSN: 0213-7100

Año de publicación: 2021

Número: 9

Tipo: Artículo

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Resumen

La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad firmada en Nueva York el 13 de diciembre de 2006 obliga a los Estados Parte a adoptar las medidas pertinentes para proporcionar a la persona con discapacidad acceso al apoyo que puedan necesitar en el ejercicio de su capacidad jurídica. En cumplimiento de tal mandato, se impone un cambio en el sistema de protección tutelar hasta ahora vigente en nuestro ordenamiento, en el que predomina la sustitución en la toma de decisiones que afectan a la persona con discapacidad, por otro basado en el respeto a la voluntad y preferencias de las personas que, como regla general, será quien tome las decisiones relativas a su esfera personal y patrimonial; no obstante, la adopción de medidas de apoyo cuando resulten necesarias. A ello responde la reforma de la legislación civil y procesal operado por la Ley 8/2021, de 2 de junio. El presente estudio se va a centrar en las medidas voluntarias de apoyo previstas en tal norma, en concreto en la escritura pública de la autocuratela regulada en el Código Civil.