El derecho a traducir el Derecho
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Universidad Complutense de Madrid
info
- Jesús de la Villa Polo (coord.)
- Antonio López Fonseca (coord.)
- Emma Falque Rey (coord.)
- María Paz de Hoz García-Bellido (coord.)
- María José Muñoz Jiménez (coord.)
- Irene Villarroel Fernández (coord.)
- Victoria Recio Muñoz (coord.)
Editorial: Guillermo Escolar Editor ; Sociedad Española de Estudios Clásicos
ISBN: 978-84-18981-13-5, 978-84-09-34325-6, 978-84-09-34322-5, 978-84-09-34324-9
Año de publicación: 2021
Volumen: 2
Páginas: 1073-1108
Congreso: Congreso de la Sociedad Española de Estudios Clásicos (15. 2019. Valladolid)
Tipo: Aportación congreso
Resumen
El Emperador Justiniano, en la constitución por la que se promulgó el Digesto (c. Tanta, § 21, 533 d.C.), prohíbe casi cualquier tipo de traducción o interpretación de dicha magna obra. Según el Emperador, resulta imposible traducir o interpretar un texto legal sin alterar su contenido o significado, y por lo tanto tales actividades deben ser prohibidas para siempre. El objeto del presente trabajo es animar a la reflexión y a la discusión entre juristas y filólogos en relación con el problema de la traducción de las fuentes jurídicas de la Antigüedad, a través del estudio de los precedentes históricos que llevaron a Justiniano a su terminante prohibición, así como del comentario de ejemplos problemáticos tomados de traducciones modernas. Y también, intentar responder a una pregunta: ¿Y si Justiniano, al final, tenía razón?